El obispo de la Diócesis de San Pedro de Macorís y Hato Mayor, monseñor Santiago Rodríguez Rodríguez, declaró que el Concordato entre la Santa Sede y el Estado dominicano no le otorga inmunidad o privilegios a la iglesia ante casos penales, sino que le da un trato de garantía.
Explicó que en el marco jurídico legal en que se hizo el Concordato, que va a cumplir 70 años de vigencia, contiene normativas propias de iglesia-Vaticano y Estado.
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Sostuvo que la finalidad del Concordato no tanto para que un miembro de la iglesia, sacerdote, obispo o diácono, “tenga inmunidad, sino más bien, una especie de beneficiosos, no a título de persona, sino de la institución”. Rodríguez Rodríguez, conocedor del Derecho Canónico, se expresó en esos términos al ser preguntado sobre las intenciones de diputados, que se oponen a que las iglesias queden exentas de responsabilidad penal en el Código Penal, como lo estipula él y que por el contrario, establezca un artículo que las sancione cuando sus miembros incurran en infracciones de tipo penal.
El Concordato entre el Vaticano y la República Dominicana, asegura la colaboración para el mayor bien de la vida religiosa y civil de RD. Regula norma de relaciones recíprocas. En su artículo 1, declara la religión católica como de la nación, para gozar de los derechos y prerrogativas que le corresponden en conformidad con la Ley Divina y el Derecho Canónico. Los firmaron la Ciudad del Vaticano, 16 de Junio de 1954 el dictador Rafael Leónidas Trujillo Molina y el monseñor Domenico Tardini, Pro-Secretario de Estado para los Asuntos Eclesiásticos Extraordinarios, designado por el papa Pío XII.
El obispo Rodríguez Rodríguez resalta que existe la falsa creencia de que el Concordato otorga otros poderes a la Iglesia católica.