CONSULTORIO LABORAL

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Dr. Carlos Hernández contreras

1. La empresa donde laboro necesita contratar un personal para los fines de un trabajo temporal de dos meses.Aunque el contrato es temporal, en caso de que una de las temporeras quedara embarazada, ¿la empresa tendría que asumir esa responsabilidad?

Esa empleada embarazada, aún temporal, queda protegida legalmente; esto es así a partir de la ratificación por parte de nuestro país, del Convenio 183 de la OIT, sobre la protección de la maternidad.
Dicho Convenio entró en vigor el pasado 9 de febrero 2017 y el mismo abarca “a todas las mujeres empleadas, incluidas las que desempeñan formas atípicas de trabajo dependiente”
El Estado dominicano tenía la potestad de excluir a ese tipo labores (atípicas, temporales, etc.), pero tenía que haberlo hecho y notificado a la OIT dentro del primer año de vigencia del Convenio, ofreciendo las debidas razones para esa exclusión. Sin embargo, eso no se hizo.

2. Soy estudiante de contabilidad y trabajo en una oficina de contadores. Fui fijada con el sueldo mínimo hace 7 meses y mi jefe no piensa aumentarme el mismo, con la excusa de que soy estudiante, pero trabajo 8 horas diarias y me desenvuelvo bien en mi ocupación. La joven que ocupaba el puesto ganaba más que yo. La pregunta es ¿En qué parte del CT dice que por ser estudiante no me pueden aumentar el sueldo?

El CT no dice en ninguna de sus partes que por ser estudiante no se le puede aumentar. Sin embargo, el CT sí establece que el salario “no puede ser, en ningún caso, inferior al tipo de salario mínimo legalmente establecido” (Art. 193). Y eso ya su empleador lo está cumpliendo. Pero además, el CT dispone que los aumentos pueden ser espontáneos por arte del empleador, y que pueden referirse a uno o a varios empleados (Arts. 214 y 215).
Siendo esa la situación legal, mi sugerencia es que aproveche que tiene un empleo en la misma área que usted está estudiando; lo que quiere decir que está recibiendo capacitación práctica y experiencia en su propia área profesional, y además le están pagando un sueldo, aunque sea el mínimo legal. No todos los jóvenes tienen ese privilegio.

3. ¿Podría describir los diferentes salarios mínimos consignando la referencia y fecha de aprobación en cada caso?

Eso varía mucho. Por ejemplo, el sábado me enteré de una nueva tarifa del sector construcción. La información precisa y actualiza la consigue dirigiéndose al MT.

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