Nos hemos enterado que algunas empresas, con colaboradores negados a vacunarse, están obligando a hacer prueba PCR semanal, a costo del empleado. Otras, han anunciado que quienes no se vacunen pasarán a modalidad teletrabajo. Podría usted indicarnos cuál es la base legal de estas medidas. ¿Es esto legalmente posible?
El Art. 44.1 del CT dispone que: “son obligaciones de los trabajadores… someterse a reconocimiento médico a petición del empleador, para comprobar que no padece ninguna incapacidad o enfermedad contagiosa que lo imposibilite para realizar su trabajo. Dicho examen estará a cargo del empleador”.
A partir de ese texto legal, es posible exigirle a un empleado que debe hacerse la prueba PCR (o Antígenos, que es más barata) a fin de comprobar si padece de COVID. Sin embargo, el texto es claro a disponer que el costo de la prueba correrá por cuenta del empleador.
De otra parte, en cuanto imponer la modalidad del Teletrabajo en una relación laboral que desde un principio era presencial, eso va en contra de la Resolución 23-2020 del Ministerio de Trabajo, en su Art. 3º, dispone que deberá siempre voluntaria, y pactada de mutuo acuerdo entre las partes.
A mi parecer, la exigencia de la vacunación debe ser tratado con prudencia y sin imposiciones pues todavía hay mucho escepticismo en la población. No solo en RD, sino a nivel mundial. En EEUU, por ejemplo, apenas 26 estados tienen la mitad de su población vacunada. El resto de los estados (que son la mitad de ese país) no llega al 50% de vacunados.
En tales circunstancias, no conviene restringir el trabajo pretendiendo imponer vacunación, cuando hay disponibles otras medidas preventivas: uso de mascarillas, higienización de manos y lugares, distanciamiento, etc.