Tenemos un empleado del área agrícola que en los últimos 3 años ha cobrado con la siguiente intermitencia: 2 meses en 2024; 5 meses en 2023; 3 meses en 2022 y 9 meses en 2021. Este empleado cobra por labores agrícolas realizadas, por lo que si en un mes no hay labores pues ese mes no cobra. Este empleado está inscrito formalmente en TSS y nunca se le ha suspendido, por lo que siempre ha estado “activo”, aunque cobre solo el mes que trabaja. Si se considera desvincular por desahucio, nos surgen 2 preguntas: ¿Cuál sería la base para calcular el salario promedio diario? considerando que en los últimos 12 meses calendario solo ha trabajado 7 meses, y si queremos buscar sus últimos 12 salarios tendríamos que considerar el 2021. Por otro lado, para calcular el tiempo trabajado ¿se debe considerar solo los meses trabajados? o el tiempo transcurrido desde la fecha de inicio el 01/01/2021.
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Por todo lo que usted describe, es evidente que se trata de una contratación para obra o servicio determinado, regida por los artículos 31 y 72 del Código de Trabajo, en la cual no hay desahucio, sino que el contrato termina cuando finalizan los trabajos convenidos, sin necesidad de ejercer ni comunicar un desahucio (el desahucio es exclusivo del contrato de trabajo por tiempo indefinido). Tampoco hay obligación de pagar prestaciones laborales.
Si no median dos meses entre una contratación y otra, entonces ahí cambia todo: la relación pasa de ser una por obra o servicio determinado a convertirse en una contratación por tiempo indefinido, y ahí si hay desahucio y pago de prestaciones laborales.
Sin embargo, por lo que usted ha detallado, esto último no se da en su caso.