1. Salí de una empresa y los demandé, pues me cobraban seguro médico y no lo pagaban a la TSS y no me pagaron sueldo de Navidad. El tribunal falló a favor mío y han pasado 2 años y el abogado no ha procedido con el cobro ni ha hecho nada, pues la persona cambió de dirección, pero utiliza el mismo RNC de la empresa y como nombre usa otro. Aparte de eso, yo personalmente he localizado la dirección de sus dos propiedades, la placa de sus vehículos y hasta el teléfono y dirección de la nueva oficina y aun así el abogado no ha hecho nada. ¿Qué puedo hacer? ¿Puedo buscar otro abogado? ¿someterlo al Colegio de Abogados? ¿demandar nueva vez o puedo personalmente tranzar o imponer alguna orden contra la persona? La demanda fue contra la persona física no contra la empresa.
Antes de responderle concretamente, déjeme decirle que todo luce indicar que el monto condenatorio no es mucho. Parece que es solo por salario de Navidad y algo por daños y perjuicios. Si eso es así, al ejecutar esa sentencia saldrá “más cara la sal que el chivo”; y probablemente por esa razón el colega no ha tenido interés en efectuar el cobro. No obstante, y en el supuesto de que la condena sea por un monto significativo, lo que hay que hacer es:
1. Trabar en la DGII, mediante acto de alguacil, anexando la sentencia, una oposición al traspaso de los vehículos. Eso impedirá que pueda venderlos.
2. Trabar un embargo retentivo en las cuentas bancarias; eso es también por acto de alguacil.
3. Investigar (en la DGII y/o Registro de Títulos) si esas dos propiedades que usted menciona, aparecen a nombre de él; y si ese es el caso, se podría grabar una hipoteca judicial provisional, y aunque en teoría puede vender las propiedades, nadie va a querer comprarlas en esa situación.
4. Y finalmente, hay que ir a su domicilio y efectuar un embargo ejecutivo.
Tome en cuenta que todo eso cuesta bastante dinero y solo vale la pena si lo adeudado es mucho. Cambiar abogado es muy difícil, pues la ley prohíbe a otro abogado tomar un caso sin que se haya desinteresado al anterior. Someterlo ante el Colegio de Abogados no es sencillo y es costoso. Usted no puede transar directamente. Le recomiendo llegue a un acuerdo con su abogado.