Somos un centro educativo con profesores extranjeros, en condiciones muy particulares, incluso muy beneficiosas para ellos como extranjeros. Pero, en trámites relativos a sus visas de trabajo, el MT no acepta lo que hemos acordado. Han devuelto el contrato varias veces. ¿Qué nos recomienda hacer?
Esa situación ya se ha vuelto recurrente en el MT. Sugiero hacer lo siguiente: Solicite al MT que provea modelo de contrato de trabajo que se ajuste a los requerimientos del MT, y usando ese modelo, presente el contrato en el MT.
De ese modo, el proceso de visado de trabajo se agilizará automáticamente.
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En cuanto a lo acordado con cada profesor, manténgalo vigente entre ustedes, añadiendo una cláusula que diga como sigue: “Las partes acuerdan que en caso de que el Ministerio de Trabajo o la Dirección General de Migración requieran un contrato de trabajo escrito, que contenga las especificaciones requeridas por dichas autoridades, se presentará dicho contrato, solo a los fines de facilitar la concesión del visado de trabajo, prevaleciendo en todo caso, las condiciones, compromisos y obligaciones pactados en el presente contrato de trabajo”.
Eso es perfectamente legal, y se conoce en la doctrina jurídica como “contraescritura”, que es “un contrato mantenido en secreto y que las partes celebran antes o al mismo tiempo que un acto aparente, el cual no corresponde a su voluntad, y que tiene como única finalidad disimular la realidad” (H. Mazeaud y J. Mazeaud, “Lecciones de Derecho Civil”, 2° Parte, Volumen III, Pág. 103).
Y, si surge cualquier conflicto con algún profesor, prevalecerá el contrato pactado entre ustedes, no el contrato aparente que se depositó en el MT. Y, en todo caso, se dará preeminencia a los hechos sobre lo escrito (PF IX del CT).