La demora de la jueza Fátima Veloz en entregar la resolución mediante la cual ordenó prisión preventiva a la supuesta neurocientífica Elizabeth Silverio, podría dar lugar a su puesta en libertad. conforme a lo establecido en el artículo 153 del Código Procesal Penal.
De acuerdo con jueces consultados, la Resolución de Medida de coerción debe ser entregada por el juez de inmediato, a fin de que la defensa del imputado pueda accionar sobre la misma.
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A Silverio le fueron impuestos tres meses de prisión preventiva el pasado sábado 25 de este mes, y los abogados de la acusada de violar la Ley de Salud, Rafael Helena y Cándido Simón, intimaron a la magistrada Veloz el día 28 mediante un recurso de “pronto despacho” para que les entregara la resolución de marras.
Lo que dice el articulo 153
“Demora. Cuando se ha planteado la revisión o un recurso contra la decisión que impone la prisión preventiva o el arresto domiciliario y el juez o la corte no resuelve dentro de los plazos establecidos en este código, el imputado puede requerir su pronto despacho y si dentro de las 24 horas no lo obtiene, se entiende que se ha concedido la libertad de pleno derecho”.
La juez Veloz había hecho caso omiso a la intimación, y los abogados sometieron Hábeas Corpus.