Desde los “cuartitos” a la actualidad: Historia de los billetes de la Lotería Nacional

Desde los “cuartitos” a la actualidad: Historia de los billetes de la Lotería Nacional

Desde los “cuartitos” a la actualidad: Historia de los billetes de la Lotería Nacional- Fuente externa.

La historia de la Lotería Nacional se inició con la oferta de billetes. Se llamaban “cuartitos”, porque sólo tenían cuatro números. Pasado un siglo, este producto insignia de la institución, es un documento calificado como oficial, que exhibe diseños escogidos con gran rigor y cuya elaboración se rige por un procedimiento altamente técnico muy sofisticado e impregnado de gran seguridad.

Hoy, el billete de la Lotería Nacional es confeccionado no sólo como un ticket para participar de la oferta de premios de los sorteos, sino como un valioso documento porque su presentación le rinde honor a los acontecimientos históricos más importantes del país, a sus héroes y heroínas, sus lugares y tradiciones. De hecho, para muchos coleccionistas son piezas valiosas.

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Los billetes son la única vía para cobrar los premios que se ofertan en los sorteos ordinarios y extraordinarios de la Lotería Nacional. Son considerados valores del Estado y su falsificación se considera un delito penal. Son documentos al portador y el Estado reconocerá como dueño a la persona que los presente al cobro.

Foto fachada edicio Loteria
Fachada del edificio de la Lotería Nacional

Amparados en reglamentos, se confeccionan y venden los billetes de la Lotería Nacional a personas mayores de 18 años. En la Ley 689, se establece que los billetes de la Lotería Nacional serán divididos en décimos, vigésimos o centésimos y cada décimo, vigésimo o centésimo tendrá un valor proporcional al del billete entero.

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Además, que todos los billetes llevarán litografiados el escudo de armas de la República en cada uno de sus fracciones, el valor de la fracción, así como todo otro dato de interés público.

Destaca, que sólo serán pagados los billetes premiados de acuerdo con la Lista Oficial de premios que correspondan al sorteo, la que autorizada por el sello de la Administración se fijará en lugar visible al público en la oficina de la Lotería, en las Colecturías de Rentas Internas, oficinas de correos, medios de información y demás lugares que se juzguen conveniente.

Los billetes serán nulos para el público: en caso de pérdida o extravío en correos de paquetes despachados por la Administración, debidamente comprobados; además, por omisión del escudo de armas de la República; y por robos en las oficinas públicas, siempre que se determine la numeración de los billetes sustraídos. Todo esto será efectivo, si se notifica antes de la celebración del sorteo.

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