La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) estableció hoy los documentos que deberán presentar los interesados para optar, a través de las fiduciarias, por el beneficio del bono de compensación del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) para las viviendas de bajo costo.
La medida fue implementada a los fines de garantizar la eficacia de la política gubernamental que persigue facilitar el acceso a la vivienda a los ciudadanos.
En un aviso publicado hoy por Impuestos Internos se explica que las fiduciarias deben remitir una comunicación que incluya la solicitud del bono o compensación para cada adquiriente; el nombre del banco y número de la cuenta del fideicomiso donde se depositará el bono; las generales de cada solicitante y de su cónyuge en comunidad de bienes (si aplica); y la identificación del apartamento, proyecto, constructora y fiduciaria a cargo del proyecto.
La institución explicó que dicha comunicación también debe incluir anexo una comunicación firmada por cada adquiriente de vivienda donde autorice a la DGII a transferir el monto del bono o compensación en una cuenta a nombre del fideicomiso y una copia del contrato de promesa de compra-venta en el que se haga constar el precio de venta de la vivienda que se va a adquirir o copia del contrato de compra-venta definitivo en el que intervenga una entidad de intermediación financiera.
Otros requisitos indispensables que se deben adjuntar son: una copia de la certificación de la pre-aprobación del financiamiento emitida por la entidad financiera; copia de la cédula de identidad de cada adquiriente y una certificación de Catastro Nacional para cada adquiriente donde conste que no es propietario o propietaria de otra vivienda.
La DGII precisó que las personas que se encuentren en el caso de comunidad de bienes deberán remitirse de la Certificación de ambos cónyuges y copia de los documentos que avalen los pagos realizados por cada adquiriente.