Frente a la creación en la pasada administración de varios fideicomisos públicos y los que se están gestando en la presente es necesaria una ley, no voy a entrar en los aspectos jurídicos o constitucionales del proyecto porque organizaciones de prestigio como FINJUS, Fundación Justicia y Transparencia, así como destacados juristas, han fijado posiciones atendibles. Mi preocupación va en la línea de reglamentar el endeudamiento de los fideicomisos porque si bien esa deuda no es pública, a la fecha de la extinción del fideicomiso los pasivos necesariamente tendrán que ser asumidos por el Estado.
La figura del fideicomiso se incorporó al anteproyecto de Ley de Desarrollo Hipotecario; una ley que gracias a una serie de novedosas figuras financieras permite dar mayor profundidad al mercado hipotecario y por ello la Ley 189-11 comprende el sector financiero privado y el fideicomiso privado y apenas dedica un párrafo al fideicomiso público.
En la Administración del presidente Danilo Medina, sin existir una Ley de Fideicomiso Público, se estableció mediante Decreto 277-13, el Fideicomiso para la Operación, Mantenimiento y Expansión de la Red Vial de RD, es decir el Fideicomiso RD-Vial.
Ese fideicomiso dispone del flujo proveniente del pago de los peajes, pero esa recaudación no alcanza para la operación, el mantenimiento y mucho menos para la expansión de las red vial del país. Por ello en el párrafo 4.6 del decreto da plenos poderes para contratar financiamientos, emisión de valores o títulos y hasta para contratar deuda en moneda extranjera, “conforme a los términos y condiciones aprobadas por el Fideicomitente”, que en este caso es el Ministerio de Obras Públicas.
Fabulosa ingeniería financiera que permitió contar con recursos extrapresupuesto para construir carreteras, ejecutarlas sin licitaciones, a pesar de que RD-Vial está bajo la sombrilla de la Ley de Compras, sin con ello aumentar la deuda pública ya que el contrato fiduciario especificaba con claridad que toda deuda contratada en ningún caso era publica o soberana y se garantizarán y pagarán con cargo al Patrimonio Fideicomitido. En la actualidad, de acuerdo a declaraciones del Director de Contrataciones, Carlos Pimentel, Red-Vial está cumpliendo con la Ley de Compras.
La realidad es que al mes de septiembre de este año los pasivos de RD-Vial ascienden a RD$48,958 millones y el Patrimonio Fideicomitido a RD$6,042 millones y mientras haya algún ente financiero dispuesto a prestarles o inversionistas a adquirir bonos, la deuda seguirá creciendo y el flujo aportado por los peajes no es suficiente para amortizar las deudas.
Alguien me dirá que nunca se amortizan las deudas, que simplemente se cambia deuda nueva por deuda vieja, pero resulta que RD-Vial y cualquier fideicomiso tiene un periodo de vigencia, en este caso 30 años y ya han pasado nueve, en ese momento el Estado recibirá los activos y pasivos y esas deudas se convertirán en públicas.
Ese es el riesgo de la proliferación de fideicomisos creados para contratar deudas que financien obras como el monorriel que no generará los recursos para amortizar los pasivos y al final del fideicomiso esa deuda será del Estado o más bien de los contribuyentes.
En la Ley de Fideicomiso Publico es necesario poner límites al endeudamiento, controles por parte del Congreso e incluso del Ministerio de Hacienda por la vía de los topes establecidos en su política de endeudamiento e inversiones.