Se necesitan recursos imprescindibles para el gasto público y para impulsar el desarrollo del país, postergados por siglos, que ahora, todo indica un renacer, que debemos rendirle pleitesía colaborativa, pero en esta debe prevalecer la razonabilidad para que el remedio no resulte peor que la enfermedad.
La pandemia Covid 19, trajo secuelas funestas, las cuales nos han obligado a cambiar programas estratégicos concebidos con todo cuidado por prodigiosos expertos, bien intencionados, por lo tanto, muchos economistas debaten la posibilidad de buscar ingresos mediante la reducción o anulación de incentivos fiscales, por lo que deseamos hacer algunas puntualizaciones.
En primer término, los incentivos acordados por leyes constituyen seguridad jurídica que no puede ni debe modificarse hasta el término de la concesión, pero en las concesiones futuras sería factible hacerlo, pero en los casos de la ley Incentivo Fronterizos y la que protege la creación de plantas de Energías Renovables entendemos que no deben tocarse porque revestiría un despropósito muy perjudicial a la Foresta con consecuencias impredecible.
La función extrafiscal de los impuestos, en cuanto a los incentivos fronterizos, cumplen sus objetivos con suficientes méritos para mantenerlos, puesto que la zona fronteriza es la que menos ha visto ayuda gubernamental desde siempre, pero después de la referida Ley son evidentes las empresas establecidas.
En cuanto a las incentivos a las empresas que producen insumos para obtener energías renovables no se discute la importante misión cumplida, representada por lo que significa para la economía nacional detener el uso de carbón, por lo tanto al elegir la reducción o anulación de incentivos es conveniente con cautela.