La Red de Centros Sociales de la Compañía de Jesús entiende que el Estado dominicano debe aumentar los esfuerzos y mejorar su política y su práctica a fin de avanzar en la solución del problema que atraviesan miles de dominicanos-as de ascendencia extranjera afectados por la sentencia del Tribunal Constitucional 168-13.
Destacan los centros, en un documento enviado a medios de comunicación, que al cumplirse un año de dicha sentencia, continúan las violaciones de derechos de los afectados, por lo que muchas organizaciones nacionales e internacionales han llamado la atención sobre la posible vulneración de los derechos humanos en el país y han propuesto recomendaciones para que esto no ocurra.
Entienden que si bien la República Dominica es un Estado libre, independiente, y soberano que participa y se beneficia de múltiples relaciones bilaterales y multinacionales, y es fundador de la Organización de las Nacionales Unidas, no debe sorprender que sus agencias en el país promuevan la protección de los derechos de las personas a vivir con dignidad, discurso del que es parte.
Enmarcado en ese contexto expresan que el Estado dominicano, sus poderes y fuerzas vivas, bajo el liderazgo del Presidente Danilo Medina, adoptó una ley de reconocimiento y naturalización especial, expresado en la Ley 169-14 y su Reglamento.
Pero dicen que lastimosamente, a la fecha el proceso de implementación de la referida ley adolece de múltiples deficiencias que ponen en peligro la consecución de los objetivos concertados ampliamente por el Estado y la sociedad. “Estas dificultades se presentan tanto para los hijos e hijas de extranjeros nacidos en el país, a quienes en su momento se les reconoció la restitución de sus documentos y nacionalidad dominicana, como para aquellos que nunca fueron inscritos y a quienes la ley reserva un plan de registro particular encaminado a un proceso de naturalización especial dentro de dos años”, apuntan los centros.
Explican que a casi cuatro meses de la promulgación de la Ley 169-14, apenas el 1% de los inscritos en el registro civil ha tenido acceso a su documentación de identidad. Para el grupo que nunca fue inscrito en el registro civil, resalta la ausencia de una campaña masiva de información y orientación a la población y el hecho de que solo se reciben solicitudes en 18 de las 32 provincias del país, excluyendo todas las demarcaciones de la región fronteriza. De ahí que, transcurrido más de la mitad del plazo fijado para acogerse al proceso, solo se han atendido 460 de las más de 53 mil personas estimadas como parte de la población objetivo, según cifras oficiales.
“Es muy importante superar las dificultades e intensificar las acciones y los correctivos que sean necesarios para la ejecución eficaz de la ley 169-14. Si el Estado no adopta los correctivos requeridos los resultados esperados con dicha ley podrían desvanecerse”, destacan los centros en el documento.
Hacen un llamado a las instituciones y a todos los poderes del Estado para que concentren sus esfuerzos y energías en velar por la buena aplicación de la ley, y evitar caer en distracciones. Señalan los peligros de tomar decisiones y resoluciones que, en vez de armonizar el país con la comunidad internacional, ponen en entredicho la real voluntad de aplicar la ley 169-14, que buscó una salida institucional al problema creado por la sentencia.
Para la Red de Centros Sociales de la Compañía de Jesús, superar estos inconvenientes constituye un imperativo urgente, de manera que se garanticen los derechos fundamentales a la población meta de la Ley 169. Esta sería la mejor forma de fortalecer la reputación del país a nivel internacional, como un Estado respetuoso de los Derechos Humanos y promotor de la justicia y la superación de todo tipo de discriminaciones.
“Esta es la mejor manera de proyectar nuestra imagen internacional como un país soberano, respetuoso de los convenios internacionales, que sabe armonizar su pertenencia a la comunidad mundial y honrar sus acuerdos internos para proteger los derechos fundamentales de su población”, concluyen los centros.