La jueza Ana Lee Florimón, de la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, declaró inadmisible una acusación penal privada que presentara el señor Ramfis Domínguez Trujillo contra la periodista Alicia Ortega y el grupo SIN.
Domínguez Trujillo interpuso una acusación por una supuesta violación a los artículos 367 y siguientes del Código Penal, que prevén los delitos de difamación e injuria a través de medios que no sean de comunicación pública.
Para fundamentar su decisión, que tiene el número 042-2022-SRES-00036 y está fechada el pasado 20 de junio, el tribunal consideró que el señor Domínguez Trujillo, cuya representación técnica asumió el abogado Rafael O. Helena Regalado, no ofertó elementos de prueba para sustentar sus pretensiones ni “liquidó la forma y clase de reparación de los daños y perjuicios que reclama”.
La parte resolutiva de la decisión dictada reza del modo siguiente: “Primero: Declara inadmisible la presente acción penal privada presentada en la Presidencia de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional en fecha 15 de junio del 2022 por la parte acusadora, señor Luis José Ramfis Domínguez, por intermedio de su abogado, Dr. Rafael O. Helena Regalado, en contra de la señora Alicia Ortega Hasbún y de la razón social Noticias SIN, por alegada violación de los arts. 367 y siguientes del Código Penal, tal como se expone en el cuerpo de esta decisión”, sostiene.
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