La frialdad del CNSS y el MOPESEP

La frialdad del CNSS y el MOPESEP

J. LUIS ROJAS

Según la Ley 87-01, el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) es el órgano responsable de dirigir, regular y administrar las políticas y el funcionamiento de las diferentes instituciones que forman parte del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS). En pocas palabras, es el órgano rector de la seguridad social dominicana. Tomando como punto de referencia la frialdad y apatía que subyacen en la toma de decisiones de los integrantes del CNSS, parecería que éstos desconocen su misión estratégica en dicho organismo.

El sentido de urgencia en la toma de decisiones por parte de los miembros del CNSS, solo se pone en práctica dependiendo de donde provienen los temas. Por ejemplo, si lo que está en juego son algunos de los múltiples intereses de la AFP, ARS, o de los proveedores de servicios de salud (PSS). En cambio, cuando se trata de un reclamo o situación que afecta a los afiliados de la seguridad social, la respuesta del CNSS es la indiferencia, la apatía y el olvido.

Cualquier órgano rector, más aún si se refiere a seguridad social, tiene que actuar siempre con justicia, equidad, inclusión y pertinencia. Con la finalidad de que los afiliados a la seguridad social conozcan los nombres, apellidos y procedencias de los personajes que actualmente dirigen,  regulan y administran el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), se muestra la siguiente lista, tomado de la web del CNSS:

a) Por el Sector Gubernamental: Luis Miguel de Camps García (Ministro de Trabajo y Presidente del CNSS), Juan Antonio Estévez González (Viceministro de Trabajo en Seguridad Social y Riesgos Laborales), Daniel Rivera (Ministro de Salud Pública y Asistencia Social y Vice-Presidente del CNSS), José Antonio Matos (Vice Ministro de Salud Pública y Asistencia Social), Juan Ysidro Grullón García (Director del Instituto de Auxilios y Viviendas), Kattia Pantaleón (Sub-Director Administrativo del Instituto de Auxilios y Viviendas. Suplente del Director del INAVI), Héctor Valdez Albizu (Gobernador del Banco Central), Clarisa De la Rocha (Vice-Gobernadora del Banco Central).

b) Por el Colegio Médico Dominicano: Rufino Senén Caba y Mery Hernández.

c) Representantes de los profesionales y técnicos de la salud: Luis Manuel Despradel Lample y Marcelina Agüero C.

d) Por el sector empleador: Pedro Rodríguez Velázquez (Titular Representante de los Empleadores. COPARDOM), Antonio Ramos (Titular Representante de los Empleadores. CONEP), Roselyn del Carmen Amaro (Titular Representante de los Empleadores. CONEP), Laura Peña Izquierdo (Suplente Representante de los Empleadores. CONEP), Hamlet Gutiérrez Mota (Suplente Representante de los Empleadores. COPARDOM), Evelyn Koury Irizarry (Suplente Representante de los Empleadores. CONEP).

e) Por el sector laboral: Odalis Soriano (Titular Representante de los Trabajadores CNUS), Julián Martínez (Suplente Representante de los Trabajadores CNUS), Santo Sánchez (Titular Representante de los Trabajadores CNTD), Gertrudis Santana Parra (Suplente Representante de los Trabajadores CNTD), Freddy Rosario (Titular Representante de los Trabajadores CASC), María de Jesús Pérez (Suplente Representante de los Trabajadores CASC).

f) Representantes de la Microempresa: María Emilia Vargas Luzón (Titular) y Juan García (Suplente).

Sin lugar a duda, luego de ver los nombres, apellidos y sectores a los que representan los designados para dirigir, regular y administrar todo lo concerniente a la seguridad social dominicana, es más fácil entender la frialdad, apatía, subjetividad y lentitud con que los

miembros del Consejo Nacional de Seguridad Social, asumen los temas y situaciones que afectan los intereses de los afiliados de la mal llamada seguridad social dominicana. Es absurdo y ridículo que en el órgano rector de la seguridad social, no hayan representantes orgánicos y reales de los afiliados de la seguridad social.

Un ejemplo fehaciente del desinterés que muestran los miembros del CNSS, con respecto a las situaciones que perjudican a los afiliados de la seguridad social, es el reclamo que por más de dos años viene haciendo el Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (MOPESEP) al órgano rector de la seguridad social, para que éste reconozca el derecho adquirido que tienen decenas de ciudadanos que desde antes del primero de junio de 2003 trabajan en una institución del Estado dominicano, a recibir una pensión digna y justa a través del régimen de reparto.

En varias ocasiones, sin aparentes motivos lógicos, racionales y justificables, los miembros del Consejo Nacional de Seguridad Social deciden no abordar el reclamo del MOPESEP. Parecería que los integrantes del CNSS están jugando al olvido y al transcurrir del tiempo. El MOPESEP tiene varios escenarios para evitar la negación de derecho. Por ejemplo, el Tribunal Superior Administrativo, las calles, presencia mediática, entre otros recursos establecidos en la Constitución de la República.  

¿Por qué los miembros del órgano rector de la seguridad social, no quieren conocer y aplicar las recomendaciones y opiniones técnicas que han expresado  incumbentes de la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), de la Superintendencia de Pensiones (SIPEN),  de la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP), el Defensor del Pueblo, entre otras entidades del SDSS, con respecto al derecho fundamental , laboral y adquirido que tienen los servidores públicos que trabajan para el Estado dominicano desde antes del primero de junio de 2003, sin importar su edad biológica?  

Solo en una sociedad de mentiras y de irrespeto continuo a la institucionalidad, como la dominicana, es posible ver y escuchar a miembros titulares y suplentes del órgano rector del Sistema Dominicano de Seguridad social, aparecer en los medios de comunicación masiva, defendiendo y validando el mediocre y desafortunado desempeño de las AFP, ARS y de los PSS. En resumida cuenta, lo menos importante para los burócratas que integran el actual Consejo Nacional de Seguridad Social, es el bienestar y la estabilidad emocional de los afiliados de la seguridad social.

Los tomadores de decisiones en el CNSS, están compelidos a dar una explicación lógica y racional de los motivos por los que continúan negándoles derechos fundamentales, adquiridos y laborales a servidores públicos amparados por las Leyes 379-81 y 41-08, así como por los artículos 35, 38 y 39 de la Ley 87-01. En definitiva, las decisiones y resoluciones que emergen del Consejo Nacional de Seguridad Social, están deliberadamente relacionadas con los intereses que cada uno de sus miembros favorecen y desfavorecen dentro y fuera de él. En el CNSS nada sucede a la azar, todo responde a los intereses y pretensiones de los sectores que lo integran.