La retirada de la procuradora Germán

La retirada de la procuradora Germán

Melvin Matthews

La Procuradora General, Miriam Germán Brito, ha presentado a la nación la memoria correspondiente a su actual gestión como titular del Ministerio Público, antesala de la retirada del cargo, cosa que, motivada por razones personales, según ha dicho, ocurrirá tras la juramentación del reelecto presidente Luis Abinader, el próximo 16 de agosto.

Dudo que Abinader se sentirá cómodo con la retirada de la doctora Germán Brito, pues ella representa la realización cercana a su idea de la independencia del Ministerio Público, argumento para intentar una mayor relevancia institucional de los fiscales modificando la Constitución.

De pronto, el principal legado de ella es de carácter personal, porque trazó diáfanamente el perfil dentro del cual debe encajar el futuro PGR: jurista profesionalmente capaz, moralmente incorruptible y equidistante a los intereses políticos y económicos circundantes. Lo demás, es pura complementariedad.

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Al rendir cuentas, ella resaltó el avance institucional logrado en el ámbito del Ministerio Público y expuso las metas alcanzadas en la persecución del crimen organizado, la lucha contra la corrupción y las distintas modalidades delincuenciales y del crimen.

En ese sentido, dijo que estableció marcas regionales en materia de decomiso y acuerdos de culpabilidad en casos de corrupción, lo que, según expresó, “evidencia la fortaleza de los procesos”.

Precisamente, los publicitados acuerdos de culpabilidad celebrados entre el MP e imputados en expedientes de corrupción, han levantado una enorme ola de críticas contra la procuradora y sus adjuntos, Wilson Camacho y Yeny Berenice.

No obstante, creo que el punto luminoso de su gestión es la lucha contra la corrupción que llevó a la cárcel a connotados exfuncionarios y familiares de Danilo Medina, sometidos por supuestas prevaricaciones de recursos públicos, casos entregados al escrutinio nacional, confrontados abiertamente por los acusados, pero que se encuentran todavía empantanados en la fase preliminar a la espera de juicio de fondo.

Apremia el tiempo, pues conviene recordar que el Artículo 148, Código Procesal Penal, establece que la duración máxima de todo proceso es de cuatro años, contados a partir de los primeros meses del procedimiento, correspondientes a las solicitudes de medidas de coerción y los anticipos de prueba.

Finalmente, ella aludió a su antecesor, Jean Alain Rodríguez, cuando recordó que el inicio de su gestión “se dio en un momento institucional complejo, cargado de muchos cuestionamientos que proyectaban hacia afuera un órgano carente de legitimidad y con tachas éticas, que tuvieron como resultado procesos todavía en curso”.

Legalidad y transparencia, es el legado de ella.

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