Ministerio Público interpondrá recurso de casación contra fallo anula condena a Winston Rizik

Ministerio Público interpondrá recurso de casación contra fallo anula condena a Winston Rizik

La Procuraduría General de la República informó que procederá a interponer un recurso de casación en contra de la sentencia que anula la condena de 10 años de prisión impuesta a Winston Rizik Rodríguez y de cinco años suspendidos a su hermano Nelson Rizik Delgado, acusados de narcotráfico, lavado de activos y porte ilegal de armas de fuego.

La acción de la Procuraduría se realiza luego de que la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo anulara la sentencia dictada el pasado año por el Tribunal Colegiado de Monte Plata, en contra los hermanos Rizik y ordenara la celebración de un nuevo juicio, decisión que el Ministerio Público rechazó por considerarla errónea en el orden legal y manifiestamente infundada.

“Anunciamos que dentro del plazo procesal, vamos a interponer un recurso de casación contra la sentencia de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, para procurar que la honorable Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, admita nuestro recurso y case la referida sentencia y envié a otra Corte de Apelación para que conozca el fondo de los recursos de apelación de las partes involucradas”, indica un comunicado difundido por la Procuraduría General.

Señaló que al examinar de manera íntegra la sentencia penal leída ayer por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial Santo Domingo, integrada por los jueces Manuel del Socorro Pérez García, quien la preside, y los jueces Saulo Alexis Ysabel Díaz y Rosaly Yovianka Stefani Brito, manifiesta su inconformidad con la anulación del fallo recurrido, de fecha 9 de marzo del 2016. dictada por el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Monte Plata.

La institución consideró esa decisión como un errático manejo dentro de la administración de justicia. Sin embargo, valoró el voto disidente del juez Saulo Alexis Ysabel Díaz, quien consideró que en el presente proceso no se hace necesario retomar un nuevo juicio de primer grado.

“El órgano acusador, si bien reconoce como una atribución de la Corte de Apelación, ordenar la celebración total o parcial de un nuevo juicio (Art. 222. Inciso 2.2 del C.P.P), no menos cierto es, que el presente proceso conocido como el caso de los “Hermanos Rizik”, no reúne la relevancia para ser conocido de nuevo», resaltó.

Y agregó: «Podrán celebrarse mil juicios y los hechos imputados, las pruebas presentadas sobre las drogas, las armas de guerra ilegales y el lavado de activos en el contexto presentado en la acusación, jamás dejarán que prospere el principio de presunción de inocencia que la Constitución de la República y los textos de Derechos Humanos garantizan a los imputados, ya condenados en el juicio de Primera Instancia”.

Además de la prisión, que hoy se mantiene contra el condenado Winston Rizik Rodríguez, el Tribunal Colegiado de Monte Plata había dispuesto en este caso el decomiso de bienes millonarios que fueron incautados durante el proceso de investigación.