Nueva Ley de Aduanas de República Dominicana; aquí puede leerla completa

Nueva Ley de Aduanas de República Dominicana; aquí puede leerla completa

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El presidente Luis Abinader dio a conocer la nueva Ley de Aduanas, emitida con el objetivo de eficientizar, modernizar y adaptar la anterior a las normas y estándares internacionales, en consonancia con la realidad de la legislación nacional.

La nueva ley adapta la legislación aduanera a los acuerdos internacionales comerciales y aduanales suscritos por el país en los últimos 30 años y reduce la discrecionalidad del director de la Dirección General de Aduanas.

La nueva normativa está compuesta por 420 artículos destinados a regular el régimen aduanero dominicano, estableciendo las distintas directrices sobre las cuales se sustentará la institución. El texto legal recién presentado, tiene como objetivo modernizar y hacer más segura la DGA, así como tener una norma más exclusiva que aumenta el control de mercancía.

Se recuerda que la pieza fue sometida por el legislador oficialista Alexis Victoria Yeb, vía el Senado de la República, y posteriormente fue convertida en ley por la Cámara de Diputados.

A continuación, aquí puede leer la nueva Ley 198-21, de Aduanas


Al leer algunas particularidades de la nueva Ley de Aduanas, el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, precisó que esta castiga el delito de lavado en el comercio de mercancías, crea la Procuraduría Especializada para investigación de los crímenes y delitos aduaneros. También procura que la DGA participe más en los procesos de la integración económica internacional, acogiéndose a las nuevas normas del comercio exterior.

Explicó que también agrega nuevas definiciones relativas a los acuerdos multilaterales medioambientales, aduanas verdes, tipos de aforo, documental, físico, cadena de frío, transporte internacional, regímenes aduaneros económicos, términos de comercio internacional de conformidad a los “incoterms” o reglas de la ICC para el uso de términos comerciales internacionales; incorpora el uso de la firma electrónica o digital y agrega el pago a través de entidades bancarias.

Del mismo modo, incorpora la transmisión de la documentación previo a la llegada de los medios de transporte, acepta la Carta de Porte Marítimo o “Sea waybill” como un documento de embarque físico o electrónico.

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