Este lunes, en la reanudación del juicio Odebrecht, el Ministerio Público interpuso un objeción a la incorporación de las pruebas documentales de la defensa del imputado Ángel Rondón Rijo argumentado que, según el orden lógico, los testigos debían presentarse primero.
Esta solicitud fue rechazada por las juezas del tribunal, al establecer que el Código Procesal Penal no estipula que la defensa debe presentar primero a sus testigos.
Indicaron que, lo único establecido en el código es que las partes deben anunciar con antelación el orden en que presentaran sus elementos probatorios.
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“No hay ninguna regla, la única regla es que se debe anunciar. No hay disposición que diga que los testigos van primero”.
Los abogados de Rondón, José Miguel Minier y Emery Rodríguez enfatizaron que depositaron el orden de sus pruebas el pasado 20 de marzo de 2020. Calificaron como un «atrevimiento» del órgano acusador pretender marcar las pautas de cómo deben preparar la estrategia de la defensa.
Tras el rechazo de la objeción, las juezas ordenaron la continuación del juicio.