El Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta Romero, y Sigmund Freund, director jurídico del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y Director de Alianzas Público-Privadas, depositaron ayer ante el Senado el proyecto de ley de la jurisdicción contenciosa administrativa.
La pieza legislativa emanada del Poder Ejecutivo fue entregada en el despacho del presidente del Senado, Eduardo Estrella, donde Peralta dio lectura a la carta remitida al Congreso por el presidente de la República, Luis Abinader, donde expresa que, de aprobarse esta ley, “se lograría un hito en ejecución directa de los principios de actuación de la Administración Pública consagrados en el artículo 138 de la Constitución, así como del principio del control de la legalidad de la Administración Pública establecido en el artículo 139 de la Constitución”.
El consultor jurídico del Poder Ejecutivo informó que el objeto de la ley es garantizar la tutela judicial efectiva de los derechos de las personas en sus relaciones con la Administración Pública, regulando la organización y el funcionamiento de los tribunales superiores administrativos y tribunales contencioso administrativos de primera instancia consagrados en la Constitución.
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El funcionario, en representación del presidente Abinader, manifestó que la iniciativa depositada regula todo lo relativo al procedimiento contencioso administrativo, incluyendo objeto, fases, plazos, capacidad y legitimación procesal, representación y defensa de la Administración pública, medidas cautelares, así como lo relativo a la sentencia y su ejecución, entre otras formas de terminación del proceso, y los respectivos recursos habilitados.
Peralta Romero recordó que en la actualidad, solamente el Tribunal Superior Administrativo ubicado en el Distrito Nacional está en funcionamiento.
“Territorialmente, los tribunales superiores administrativos estarían divididos en cinco departamentos: Central, con asiento en el Distrito Nacional; Este, con asiento en San Pedro de Macorís; Norte, con asiento en Santiago de los Caballeros; Nordeste, con asiento en San Francisco de Macorís; y Sur, con asiento en Azua”, explicó.
El Consultor Jurídico destacó este mes cumple 75 años la ley número 1494, del 9 de agosto de 1947, la cual instituyó en el país la jurisdicción contenciosa administrativa y solo ha sido modificada puntualmente a través de los años.