¿Por qué es obligatorio quedarse en casa y participar en el Censo?

¿Por qué es obligatorio quedarse en casa y participar en el Censo?

A pocas horas de que se aplique el Décimo Censo Nacional de Población y Viviendas en la República Dominicana muchas son las preguntas que tiene la población, inclusive, sectores propugnan porque se postergue la actividad hasta tanto no se den las mejores condiciones para su elaboración; otros insisten en que es necesario aplicarlo lo antes posible.

Pero, una de las interrogantes que genera más curiosidad entre los ciudadanos es si pueden o no decidir si participan o no en el Décimo Censo Nacional de Población y Vivienda que se planea realizar desde este jueves 10 de noviembre hasta el próximo 23 de este mismo mes.

La respuesta a esta pregunta es no. La ley 5096 Sobre Estadísticas y Censos Nacionales establece desde el artículo 22 hasta el artículo 26 una serie de requisitos obligatorios tanto para las autoridades del Poder Ejecutivos, así como para quienes trabajen en la aplicación del Censo y la Ciudadanía en general.

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Específicamente, el artículo 22 es el que indica que «Todos los habitantes de la Republica están obligados a suministrar a los encargados legalmente de la ejecución de los censos, cuando estos lo soliciten…».

Mientras que el artículo 26 es en el que se establece que «Los días señalados por el Poder Ejecutivo, para la realización del Censo de Población serán no laborables…».

Se recuerda que el Censo Nacional de Población y Vivienda se realizará durante 14 días, y en él participarán al menos 35 mil empadronadores que acudirán casa por casa para realizar un cuestionario de 67 preguntas divididos en seis secciones.

Además, el personal deberá estar identificado con gorra, chaleco y carnet con logos del Censo, el Gobierno y la Oficina Nacional de Estadísticas.