Tras la decisión de la jueza Kenya Romero, de enviar por 18 meses a prisión preventiva a Donald Guerrero y José Ramón Peralta, así como, a arresto domiciliario a Gonzalo Castillo, los tres principales acusados en el caso Calamar y la consecuente declaratoria de complejidad del caso es importante conocer por qué el tribunal decidió dar este tratamiento al expediente, en que se basó y cuales son las implicaciones.
De entrada, la declaratoria de complejidad del caso extiende el plazo de preparación del expediente por parte del Ministerio Público a ocho meses si hay una decisión de prisión preventiva o arresto domiciliario, como en efecto ha pasado en el caso Calamar, y de 12 meses si se ha dictado cualquier otra medida de coerción.
Esta condición se contempla en el Código Procesal Penal, específicamente, en su artículo número 369. Este artículo también indica que la complejidad del caso se decidirá cuando cuando la tramitación del caso sea compleja por la pluralidad de los hechos. Como de hecho pasó en la acusación contra los implicados en el caso Calamar.
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Caso Calamar
Se recuerda que el Ministerio Público acusa a los miembros de la supuesta red de corrupción, asociación de malhechores, coalición de funcionarios, falsificación de documentos, corrupción, estafa contra el Estados, entre otros.
La declaración de complejidad del caso es apelable, al menos para aquellos que no hayan llegado a un acuerdo previo con el Ministerio Público.
Además, el Código Procesal Penal indica que el plazo máximo de duración del proceso es de cuatro años con un máximo de prisión preventiva de 18 meses pudiéndose extender por seis meses más en caso de recaer en sentencia condenatoria. Pasado este tiempo los imputados deberán seguir el proceso en libertad o arresto domiciliario, como ha pasado en casos como AntiPulpo y Medusa.