Es ilegal la Resolución 24-2023 de la Junta Central Electoral (JCE), mediante la cual reconoce al denominado Partido Esperanza Democrática (PED), que encabeza José Ramfis Domínguez Trujillo, hijo de Ángeles del Sagrado Corazón de Jesús Trujillo Martínez (Angelita) y nieto del dictador Rafael Trujillo.
La resolución incurre en vicios de inconstitucionalidad, puesto que la JCE ignoró la Ley 5880, del Consejo de Estado, del 3 de mayo de 1962, que prohíbe las actividades trujillistas, legislación que limita e interviene el derecho a la libre expresión consagrado en la Carta Magna, en el sentido de prohibir la exaltación a Trujillo y a su oprobioso régimen.
Efectivamente, la citada ley advierte que se considerará y juzgará como autor del delito contra la paz y la seguridad públicas y será castigada con prisión y multa, a la persona que alabe o exalte a los Trujillo o su régimen tiránico en alta voz, o por medio de gritos, discursos, escritos públicos o epistolares, dibujos, impresos, grabados, pinturas o emblemas.
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Claro, el simple hecho de que el cabecilla del grupo político descienda directamente de Trujillo, aspire a la presidencia y su consigna sea “mano dura”, son razones poderosas para que la JCE eludiera el ilegal reconocimiento emitido; como ocurrió en 2013, cuando le fue negada la incorporación a la filial de la Fundación Rafael Leónidas Trujillo Molina, en virtud de la Ley 5880; o en 2019, cuando la pasada JCE rechazó la candidatura presidencial de Ramfis Domínguez Trujillo, porque ostenta la doble nacionalidad estadounidense-dominicana y tenía que haber renunciado a la primera diez años antes de presentar su candidatura. No ha renunciado.
El ordenamiento jurídico dominicano es vertical. Rige la Constitución de la República como norma suprema del Estado, seguida ordinalmente por la Ley emanada del Congreso Nacional, Decretos del Poder Ejecutivo, Reglamentos y Ordenanzas de los órganos jurisdiccionales y, en el último puesto, figuran las Resoluciones –como la evacuada por la JCE. Por tanto, toda resolución debe de estar subordinada a la Constitución y a la Ley.
En consecuencia, corresponde al Tribunal Constitucional actuar de oficio y sentenciar la inconstitucionalidad, ilegalidad e improcedencia de la resolución 24-2023, de la JCE, que ha concedido ilegalmente el reconocimiento al PED, el peligro neotrujillista, grupo político está claramente organizado para servir de máscara democrática que oculta la tenebrosa “mano dura” trujillista.
Finalmente: ¿Cuál esperanza democrática puede encarnar Ramfis Trujillo?