Las asociaciones de importadores de vehículos usados afiliados en ASOCIVU, ANADIVE y ADECI, consideran sin fundamentos las declaraciones emitidas por la Asociación de Concesionarios y Fabricantes de Vehículos (ACOFAVE), distorsionando la realidad del mercado automotriz de la República Dominicana, con el marcado propósito de desestabilizar y disminuir la comercialización de automóviles usados.
Las asociaciones empresariales que agrupan más de 1,200 empresas que se dedican a la importación y comercialización de vehículos usados, subsector económico que en los últimos años ha sido uno de los más dinámicos de la economía dominicana, mediante el pago de impuestos aduanales por las importaciones que realiza y las contribuciones fiscales a impuestos internos a través de la comercialización, aportando cerca de 65% del total de los ingresos fiscales por concepto de vehículos.
Las ventas de unidades usadas en condiciones de semi nuevos (5 años de fabricación), representan casi la única opción viable para la población de menos ingresos adquirir un medio de transporte propio. Por esa razón, de cada 10 unidades negociadas en República Dominicana, 8 son usadas, representando el 80% de los automóviles que ingresan al país con fines comerciales y contribuyendo a mejorar el parque vehicular y el transporte en sentido general.
Con la finalidad de informar y edificar a las autoridades, a la opinión pública y al pueblo dominicano, las asociaciones firmantes exponen las siguientes aclaraciones:
1. Los vehículos con el timón a la derecha: Se importan hacia la República Dominicana desde hace más de 25 años, y sobre los mismos no existe ningún tipo de estadísticas que demuestre su vinculación con accidentes, peligrosidad o problemas de seguridad que afecte los consumidores.
2. La preferencia del consumidor: Según el informe “Evolución del mercado de vehículos en la RD y sus aportes a la economía nacional”, el 14.34 % de los vehículos japoneses con el guía modificado durante el período 2014-2022, responden a la preferencia del consumidor, por el uso de materiales y satisfacción de los estándares de calidad en su fabricación.
3. Nivel de satisfacción del consumidor: La consistencia y eficacia de los vehículos de origen japonés se confirma en la corta depreciación que experimentan durante su vida útil, producto de la calidad y durabilidad de los mismos, razones por las que las personas de clase media y media-baja prefieren adquirir ese tipo de automóviles.
4. Salvamento: Los vehículos salvamento están prohibidos desde el año 2002, a instancia de las Asociaciones, según el decreto núm. 671-02, el cual establece: Artículo No. 1 “Se prohíbe la importación de vehículos de motor que no estén aptos para circular en el país de procedencia, motivado a choques, inundaciones, incendios, catástrofes y los denominados “salvamentos”, por constituir un riesgo para la seguridad ciudadana y atentar contra la salud y medio ambiente ”, el cual es aplicado de manera rigurosa y estrictamente por la DGA.
5. Informalidad: Las Asociaciones, cuyos miembros comercializan vehículos usados han solicitado a las autoridades mayor control, seguimiento y moderación de las agencias reguladoras sobre este particular, con base en que los dealers organizados están sujetos al pago de todas las contribuciones fiscales, y la inobservancia de los informales constituye una competencia desleal.
6. Lavado de dinero: El Lavado de Activos es un flagelo que afecta a varios sectores de la economía nacional, como sector regulado por la Ley 155-17, las Asociaciones que agrupan a los importadores formales de vehículos usados apoyan a sus asociados para que cumplan con dicha normativa y colaboran con las instituciones responsables de su aplicación y evitar que ese ilícito, que tanto daño hace, ingrese a nuestro mercado.
7. Servicio y garantía de calidad: Los vehículos nuevos vendidos por los concesionarios ofrecen una garantía que promedia de 3 años o 100,000 kilómetros, lo que ocurra primero; y en el caso de los vehículos usados, que las importaciones son hasta 5 años de antigüedad; se les concede la garantía según dispone la Ley 63-17 y la 358-05, y en algunos casos se otorga “garantía extendida”. El mercado local, cuenta con los repuestos para los vehículos usados, de acuerdo con la demanda. Sin embargo, en los automóviles nuevos, los consumidores se quejan por falta de la disponibilidad de partes y piezas de las unidades. En algunos casos, los adquirentes han tenido que esperar más de ocho meses a que lleguen las piezas solicitadas, incumpliendo el concesionario, con lo que dispone la referida Ley 358-05, de “Protección de los de los Derechos del Consumidor o Usuario”, en su Artículo 67.
8. Subvaluación de unidades usadas: Los valores de referencia para la valoración del pago de los impuestos en la DGA para los vehículos usados, parten de los presentados por los concesionarios de vehículos nuevos, hasta con un 15 % de aumento de dichos valores, para iniciar el proceso de depreciación de los vehículos usados. Por lo que, carece de rigor técnico categorizar el método de valoración para las importaciones de vehículos usados como competencia desleal.
9. Competencia desleal: En el año 2018, con esos mismos argumentos, ACOFAVE, denunció ante Pro-Competencia, supuestas prácticas de competencia desleal cometidas por al sector de vehículos usados y dicha acción fue declarada inadmisible, conforme a lo que dispone la ley de Defensa de la Competencia número 42-08. En efecto, ninguno de los elementos mencionados en las notas publicadas por ACOFAVE establecen aspectos relacionados con el criterio de competencia desleal y no tienen relación alguna con las buenas prácticas comerciales, realizadas con claridad y transparencia, por nuestros asociados.
Finalmente, reiteramos que las declaraciones de los concesionarios inducen a confusión y constituyen precisamente una competencia desleal y una especie de publicidad malsana dirigida a los consumidores y a la población, con la finalidad de lograr su objetivo de adueñarse del mercado de vehículos de la República Dominicana.