A pesar de la inconstancia en una parte de su contenido que por ambiciones de retener el poder sectores políticos han logrado manipular una y otra vez, la Constitución de la República da forma, en sus esencias y especificidad de mandatos, a los fundamentos jurídicos que auspicien avances sociales con democratización del bienestar.
Gran punto de partida para la edificación acelerada de un Estado de derechos a la educación, salud, alimentación, trabajo y ascenso social, al amparo de instituciones fortalecidas para administrar justicia, impulsar el desarrollo y propiciar mayor participación ciudadana en la toma de decisiones mediante consultas populares pendientes de reglamentar.
Una Carta Magna, la del 2010, suscrita como firme reguladora de la vida civil, de protección a la dignidad ciudadana, fijando límites a las leyes y a quienes se ocupan de aplicarlas para que no incurran en discriminación.
Un conjunto de preceptos contra las imperfecciones e insatisfacciones que el país debe superar con esfuerzos en el presente y visión de futuro y que a todos compromete a ser leales a los principios.
De consagración a metas de interés nacional a ser procuradas sin desmayos ni retrocesos, cerrándoles el paso, con votos y ejercicios de opinión pública a través de la libertad de expresión y de reuniones, a quienes pretendan restar vigencia a la Ley de Leyes. Que no resulte mera teoría y quede puntualmente respaldada por leyes adjetivas para su irrestricta aplicación.
Librar a la base jurídica del Estado de usuales desconocimientos
Contra el irrespeto existe de guardia el Tribunal Constitucional
Constitucionalidad significa respetar en su permanencia a la Constitución