El experto en asuntos municipales Waldys Taveras afirma que las renuncias del alcalde y luego la vicealcaldesa de La Vega, Kelvin Cruz y Amparo Custodio, producen un vacío institucional, porque la Ley 176-07 en su artículo 64 establece que en estos casos el presidente del Concejo de Regidores lo comunicará al de la República para que actúe de acuerdo con la Constitución.
Explica que era la Constitución de 2002 la que en su artículo 55 disponía la facultad del presidente de la República llenar las vacantes de alcaldes y regidores, no obstante la de 2010 la suprimió.
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En tal sentido sugiere al mandatario someter de urgencia la modificación del artículo 64 de la ley Orgánica del Distrito Nacional y los Municipios para que indique qué hacer en casos como ese, que además crean un precedente institucional muy peligroso.
Sostuvo que desde 2010 debió ser aprobada la Ley Orgánica del Gobierno Local para ajustarla a la Constitución de ese año.
Lo que sí establece la ley, precisa Taveras, es que el Concejo de Regidores designe provisional al secretario general para que ejerza la gestión de la Alcaldía de manera provisional, como lo hizo ayer.
Los antecedentes
La designación en el Ministerio de Deportes, de Cruz, y la renuncia luego de la vicealcaldesa, quien se niega a sustituirlo, crea un gran vacío institucional y un mal precedente, ya que fue electo por cuatro años mediante voto directo.