SCJ anula sentencia ratificó cancelación en Ministerio de Juventud

SCJ anula sentencia ratificó cancelación en Ministerio de Juventud

Procuraduría General de la Republica.

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) anuló una sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA) que confirmó la destitución del exconsultor jurídico y del exdirector financiero del Ministerio de la Juventud, por alegada inasistencia a sus labores y cobro de sueldos por servicios no realizados.

Con esta decisión a favor de Víctor Suero Lebrón y Gerson Domínguez García, los jueces de la tercera Sala Penal de la SCJ ratifican el criterio de que los funcionarios de carrera ascendidos a un cargo de alto nivel, una vez cesen en sus funciones deben ser retornados a sus puestos de origen.

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Los Hechos

Los dos exfuncionarios que en los años 2011 y 2012 fueron nombrados como asesores de sus respectivos departamentos, fueron desvinculados de la institución en el 2016, por violación del artículo 84, numerales 3 y 10 de la Ley número 41-08 sobre Función Pública.

A ambos se le atribuye incurrir en faltas de tercer grado, consistente en inasistencia a sus labores de manera reiterada y el cobro de sueldos por servicios no realizados.

De Domínguez García la institución dice que es “reincidente en la misma falta”; ya que en agosto del 2015 fue suspendido por un mes sin disfrute de salario por inasistencia, incurriendo en abandono del cargo, y estaba sometido a un proceso disciplinario.

En procura de ser restituidos en sus cargos originales como ordena la Ley de Función Pública, los exfuncionarios sometieron un recurso contencioso administrativo por ante la Cuarta Sala Liquidadora del TSA, la cual confirmó la cancelación de ambos mediante la sentencia número 0030-1642-2021-SSEN-00212, de fecha 11 de junio de 2021.

No conformes con esa sentencia, Suero Lebrón y Domínguez García la recurrieron en casación por ante la SCJ, alegando vulneración a sus derechos. El primero señaló que las inasistencias nunca le fueron notificadas para el presentar contestación o justificarlas; y el segundo, alegando que el órgano administrativo “nunca le notificó la finalización de su cargo de asesor o la reanudación de su cargo de carrera”.

Fue esa sentencia la que casaron (anularon) ayer los jueces de la tercera Sala Penal de la SCJ ordenaron que el caso sea enviado esta vez a la Tercera Sala del TSA. Esto mediante sentencia SCJ-TS-22-0407 del 31 de enero del 2022.