Solo Rondón y Díaz condenados

Solo Rondón y Díaz condenados

El empresario Angel Rondón.

Caso Odebrecht. Tribunal dispuso el decomiso de varios bienes muebles e inmuebles de los dos condenados

Condenas para Angel Rondón y Víctor Díaz Rúa por sobornos y lavado de activos; absolución para Andrés Bautista, Conrado Pittaluga, Tommy Galán y Roberto Rodríguez

El tribunal de primera instancia del Distrito Nacional condenó anoche a Angel Rondón, a 8 años de prisión, y Víctor Díaz Rúa a 5 años, tras hallarlos culpables de la acusación presentada en su contra por el Ministerio Público; y declaró la absolución de Conrado Pittaluga, Andrés Bautista García, Tommy Galán y Roberto Rodríguez.

Además, dispuso el decomiso de varios bienes muebles e inmuebles de los dos condenados, y el mantenimiento de la medida de coerción que pesa en su contra.
En cambio, ordenó el cese de las restricciones impuestas sobre los bienes de Pittaluga, Bautista García, Galán y Rodríguez Hernández, y el levantamiento de la medida de coerción que le fueron impuestas.

LO COMPROBADO
Rondón fue declarado culpable de soborno nacional y lavado de activos; y Díaz Rúa de lavado de activos provenientes del enriquecimiento ilícito.

En el caso de Rondón fueron determinantes los testimonios presenciales de los exejecutivos de Odebrecht en el juicio, pues lo identificaron como el intermediario para el pago de los sobornos a funcionarios a fin de asegurar la adjudicación de las obras a la constructora brasileña, refirieron las magistradas Giselle Méndez, Tania Yunes y Yissel Naranjo.

Indicaron que el tribunal pudo comprobar que los contratos de consultoría que el empresario firmó con Odebrecht “eran para justificar y legitimar los pagos que le hacía el departamento de operaciones estructuradas”, pues no aportó ninguna evidencia que permitiera verificar que él realizó gestiones o cualquier actividad para promover a la constructora en los proyectos de infraestructuras que se realizaban en el país.

Agregaron que Rondón comprometió su responsabilidad penal al ofrecer “montos pecuniarios” a funcionarios públicos, lo cual se pudo comprobar por registros de múltiples transferencias que son típicas de lavado.

Sobre Díaz Rúa, dijeron que el tribunal verificó discrepancias en sus declaraciones juradas, ya que en el 2004 incluyó la villa de La Romana con un valor de RD$17 millones y dos años después (2006) la declaró con un valor de RD$65 millones más, y no aportó al tribunal justificación de ese incremento.

“Transcurrido dos años había tenido un incremento patrimonial de alrededor de 155 millones; mantiene el Yate Balbie fuera del registro formal, y en el 2012 no presentó declaración”, resaltaron las juezas.


FALTA DE PRUEBAS
A Pittaluga, imputado del crimen de soborno y lavado de activos, el tribunal lo descargó de responsabilidad penal al no haber sido probadas las acusaciones ante la existencia de una duda razonable respecto a la ocurrencia de los hechos que le atribuye el Ministerio Público.

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Conrado Pittaluga

Lo propio hizo con Bautista García acusado de soborno en la función pública, falsear sus declaraciones juradas y lavado de activos, “por no haber sido probado que el hecho que le imputa el MP ocurrió o que haya participado en el mismo”.

Galán, imputado de soborno en la función pública, prevaricación, mezclarse con asuntos incompatibles con la calidad de funcionario público, falsedad en sus declaraciones jurada de bienes, enriquecimiento ilícito y lavado de activos también fue absuelto porque la aprueba aportada en su contra no fue suficiente para establecer su responsabilidad penal.

Rodríguez Hernández, imputado de soborno en la función pública, falsedad en sus declaraciones juradas y lavados de activos, fue declarado absuelto por no haber sido probado que el hecho ocurrió o que él participó en el mismo.

Reacción Díaz Rúa

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Ingeniero Víctor Díaz Rúa.


El exministro de Obras Públicas, Víctor Díaz Rúa, condenado a cinco años de prisión por el caso de los sobornos de la constructora brasileña Odebrecht en República Dominicana, consideró que la decisión fue un “disparate”.

A Díaz Rúa lo encontraron culpable de enriquecimiento ilícito y lavado de activos y su condena incluye el pago de 200 salarios mínimos.

“Eso fue un disparate, porque a mí no me acusan por Odebrecht, sino por mi declaración jurada de bienes. ¿Y quién ha visto que por unas declaraciones juradas se condena a tanto?”, expresó. Dijo que apelará la decisión, por considerar injusta y desmedida la sentencia.

REACCION Rondón

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El empresario Angel Rondón..


Luego de escuchar el veredicto del tribunal en su contra Angel Rondón declaró que respeta la decisión de las juezas pero que seguirá con su frente en alto porque el Ministerio Público no pudo probar que hubo soborno en el caso Odebrecht. Dijo que la absolución de cuatro de los encartados demuestra que sencillamente no hubo y por lo tanto, tampoco hubo soborno. “Yo sigo con la frente en alto porque el Ministerio Público sencillamente no pudo demostrar los sobornos”, sostuvo.

Tribunal Ordenó
Bienes serán decomisados

A Favor del Estado
De Rondón el tribunal ordenó decomisar las sociedades Lasham Corp; Conamsa, y todos los bienes muebles e inmuebles y los productos financieros que registran en entidades de intermediación financiera y de valores nacionales y extranjeras. De Díaz Rúa, ordenó el decomiso en favor del Estado dominicano, de los siguientes bienes Villa en Casa de Campo; Apartamento en Torre Caney; el Yate Balbie; La Sociedad ALBOX, Radiodifures Sky Line, Sociedad Inversiones Montova, dos cuenta de ahorros en dólares del Banco de Reservas; 3 cuentas corriente del mismo banco.

o.