Condenan a un hombre en España a 686 años por violaciones de menores

Condenan a un hombre en España a 686 años por violaciones de menores

Madrid.- Un tribunal español ha condenado a 686 años de cárcel a un hombre acusado de engañar en redes sociales como whatsapp o instagram a un centenar de menores. Esto con el propósito de abusar sexualmente de ellos, algo que consiguió en una quincena de casos.


 La pena impuesta es, no obstante, casi la mitad de lo que pedía la Fiscalía, 1.324 años de prisión. La sentencia considera probado que el condenado violó a doce menores, siete de ellos de forma continuada, y abusó sexualmente de tres, dos de ellos también de manera habitual.  

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Igualmente se considera culpable de 98 delitos de captación y utilización de menores de edad con fines pornográficos. Además 74 de difusión de material pornográfico a menores de edad y 25 de exhibicionismo. También 13 de delitos de corrupción de menores de 16 años y uno de tenencia de pornografía infantil. Por el contrario, es absuelto de 59 delitos de ciberacoso, tres de abusos sexuales y dos de corrupción de menores.

Cómo engañaba a los menores

redes sociales
Redes sociales. Archivo.


El tribunal considera probado que este hombre, nacido en 1991, sin antecedentes penales hasta ahora, cometió los delitos entre el 9 de noviembre de 2015 y el 3 de septiembre de 2018. Utilizaba redes sociales y grupos de mensajería para contactar con niños de menos de 16 años para intercambiar imágenes pornográficas. A veces se hacía pasar por una chica menor de edad; las víctimas, en la creencia de que se estaban comunicando con una persona de su edad, mantenían conversaciones “crudamente libidinosas”, que el acusado fomentaba.

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Para ello, enviaba fotos y vídeos de una muchacha desnuda y masturbándose, y obtenía así imágenes similares del menor con el conversaba.  El procesado, por medio de engaños, logró que algunos menores accedieran a mantener encuentros físicos con él, incluidas relaciones sexuales, según la sentencia.  Además de la condena de prisión, el tribunal le prohíbe acercarse a los menores. Y lo inhabilita para cualquier profesión u oficio que conlleve relación regular y directa con menores de edad.