1. ¿Un trabajador puede dimitir si su contrato está suspendido por una licencia médica?
Sí, eso es posible. La ley no prohíbe la dimisión durante el período de suspensión del contrato de trabajo (Bariticosas vs Carmen Miguelina Martínez, Pleno SCJ, 25 Jul. 2001, B.J. 1088, Pág. 37)
2. Si al empleado que hace horas nocturnas se le paga sus horas con el valor de nocturna, cuando le vaya a preparar las prestaciones ¿debo de sumarle el 35% de horas nocturnas, aunque se hayan pagado en las horas extras?
De acuerdo con el Art. 85 del CT, para el cálculo de prestaciones laborales “sólo se tendrán en cuenta los salarios correspondientes a horas ordinarias”. A partir de ese texto, la retribución que corresponde a horas extraordinarias no se tendrá en cuenta para el cálculo de prestaciones laborales, y en base a otros textos legales tampoco para el cálculo de la regalía pascual (Art. 219 del CT), la Bonificación (Art. 223 del CT) ni las vacaciones (Art. 177 del CT)
Las horas extras se pagan, en principio, con un aumento de 35% sobre la hora ordinaria, y las horas nocturnas con un aumento de 15% sobre la misma hora ordinaria. Dado que ambas son una derivación de las horas ordinarias, deben considerarse, jurídicamente, como retribuciones extraordinarias, que no se tendrán en cuenta para el cálculo de derechos y prestaciones laborales
3. Me dan una carta diciendo que la empresa prescinde de mis servicios por mala conducta , sin enunciar la falta, aunque me imputan un hecho que no cometí. La carta dice: «prescindimos de sus servicios por mala conducta», y me indican que no pagarán prestaciones, por lo cual demando por despido injustificado. Luego me entero que comunicaron al MT lo siguiente: «ejercimos el derecho a desahucio del empleado, ya que este salía durante las horas de trabajo sin permiso, lo cual es una mala conducta. ¿Es un desahucio o un despido? Dado que demandé por despido y la empresa comunicó desahucio, enunciando una falta lo que no debió de hacer.
Su caso me parece que fue un despido, y que por error se puso o dejó la palabra “desahucio” sólo en la carta dirigida al MT; y esta impresión queda reforzada por el hecho de que se le está atribuyendo una falta en la misma carta al MT.