Consultorio Laboral: “Trabajar las vacaciones”

Consultorio Laboral: “Trabajar las vacaciones”

Carlos Hernández Contreras

Usted podría explicar en qué consiste “trabajar las vacaciones”. Se lo consulto pues tengo un chofer que me está proponiendo eso: “trabajar sus vacaciones, esto es, seguir laborado y no irse a descansar, y que a cambio yo le pagaría el valor de una quincena. Ese empleado me dice que eso él lo ha hecho en los dos trabajos anteriores qué él tenía (1 de 2)

En el país es bastante frecuente la práctica de “trabajar” las vacaciones, y es algo incluso que lo proponen los propios empleados a sus empleadores a cambio de recibir una retribución extraordinaria.

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Y esto se lleva a cabo como sigue: Si, por ejemplo, un trabajador percibe 30,000 pesos mensuales; cuando llega su fecha aniversario en que le corresponden las vacaciones, él llega a recibir de su empleador su remuneración habitual, sumándosele el excedente vacacional, que es el resultado de calcular los 14 días laborables previstos en el artículo 177 del Código de Trabajo, utilizando el factor reglamentario 23.83; o sea, 30,000 ÷ 23.83 = 1,258.91 (valor salarial diario) x 14 días = 17,624.84. A ese último monto se le resta el valor de una quincena = 15,0000, lo que da por resultado 2,624.84, que será el excedente vacacional.

Hasta ahí el trabajador estaría recibiendo lo normal, es decir, lo legal; lo que estaba supuesto recibir si efectivamente saliera de vacaciones y dejara de trabajar.

Pero como se acuerda que él “trabaje” las vacaciones, entonces el empleador le paga una quincena adicional, que en el ejemplo dado son 15,000 pesos

Al final de cuentas el empleado viene residiendo en ese mes 47,624.84 pesos; o sea, más de la mitad de remuneración habitual

Dado que es una práctica que beneficia a las dos partes, ha sido muy difícil de erradicar.

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