Consultorio Laboral: Vacaciones del personal 4×4

Consultorio Laboral: Vacaciones del personal 4×4

Carlos Hernández Contreras

¿Cómo deben ser tomadas las vacaciones del personal que trabaja 4×4? Este sistema consiste en que empleados rotan semanalmente: en una semana, unos trabajan 44 horas; otro grupo 40 horas y otro grupo 48 horas, y van rotando sucesivamente un mes tras otro (1 de 2)

Las vacaciones no tienen que ver con los días que las partes hayan pactado laborar. Las vacaciones se otorgan siempre y en todo caso, en base a días laborables, es decir, legalmente declarados como tales. Y en ese sentido, la ley dispone que a cualquier empleado que ya tiene un año de servicios, le corresponden 14 días laborables de vacaciones; eso es, 14 días de lunes a sábado, que son los días declarados legalmente laborables.

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Calcular y otorgar los días de vacaciones en base los días legalmente laborables, garantiza que todo el mundo disfrute de igual período de descanso anual. Garantiza, además, que no se produzcan distorsiones absurdas o injusticias, dándoles más vacaciones a quien menos trabaja y menos vacaciones a quien más trabaja.

Y es por esa sencilla razón que no es posible calcular los días de vacaciones en base a los días que cada persona labora, sino en base a los días legalmente laborables.

Por ejemplo, un conserje que sólo acude a laborar martes y jueves. Si decimos que las vacaciones hay que dársela en base a los días que él labora, entonces, si él sale de vacaciones, digamos que el miércoles 29 de mayo 2024, él estaría retornando de vacaciones el día 17 de julio 2024; o sea, estaría de vacaciones ¡un mes y 21 días!

Supongamos ahora que otra persona labora de lunes a viernes, y sale de vacaciones el mismo miércoles 29 de mayo 2024.

(continúa en próxima columna)

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