Con memorable hoja de servicios, desde el 2010 tiene un lugar en la cúspide del sistema jurídico dominicano la alta corte a cargo de la imprescindible misión de garantizar «la supremacía de la Constitución, la defensa del orden constitucional y la protección de los derechos fundamentales».
Puede leer: Los pasos hacia un equilibrio deben ser aceptados por Haití
Desde entonces, el país ha experimentado avances hacia la plenitud del desarrollo en la protección de prerrogativas ciudadanas y la aplicación de límites a los poderes del Estado fijándoles deberes fundamentales y velando por la preservación de la dignidad de las personas. En el saldo favorable de la fecunda labor del Tribunal Constitucional, su honorable presidente saliente, doctor Milton Ray Guevara, citó ante participantes en el almuerzo semanal del Grupo de Comunicaciones Corripio, la atención exitosamente puesta por la corte al 82% de los expedientes recibidos en su todavía corta existencia.
Procede, no obstante, reparar en el relieve que sus palabras concedieron a la insuficiencia de concurso desde el Poder Legislativo que afecta la aplicación del derecho constitucional en República Dominicana. No existen todavía algunas leyes que la Constitución ordena a partir de su reformulación del año 2010. Legislaciones adjetivas como las que regulan indultos, el régimen de propiedad inmobiliaria y otras no menos importantes vinculadas a la seguridad nacional. El Congreso está retado implícitamente a requerir de la elevada corte los informes y resultados de estudios que acelerarían las aprobaciones.