La enseñanza de la Constitución en las aulas de las instituciones de educación pública y privada inicia con la reforma constitucional del año 2010, al establecer en el art. 63 que “toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones”. Agrega, además, en su art. 63 numeral 13, que “con la finalidad de formar ciudadanos conscientes de sus derechos y deberes, en todas las instituciones de educación pública y privada, serán obligatorias la instrucción de la Constitución, de los derechos y garantías fundamentales, de los valores patrios y de los principios de convivencia pacífica”.
Es una invitación voluntaria que nos hace la Carta Magna frente a un mandato obligatorio que se deriva de que en el art. 6 de la Constitución se establece que “todas las personas y los órganos que ejercen potestades públicas están sujetos a la Constitución, norma suprema y fundamento del ordenamiento jurídico del Estado”.
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El Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCYT) y el Tribunal Constitucional en el año 2021 firmaron un acuerdo de colaboración que entre uno de sus compromisos es el de “fortalecer las competencias de los futuros profesionales en el conocimiento de sus derechos y deberes, los fundamentos del ordenamiento constitucional dominicano, la formación social y cívica, los valores patrios y la convivencia pacífica en sociedad”. A partir de ese acuerdo se aunaron esfuerzos para garantizar el cumplimiento del mandato constitucional sobre la enseñanza de la Constitución.
El 27 de julio del 2023, mediante resolución No. 19-2023 del Consejo Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (CONESCYT) del MESCYT, se aprueba a unanimidad la enseñanza de la Constitución en las instituciones de educación superior (IES).
El hecho de la inclusión de la asignatura en los planes de estudios no implica perder el sentido transversal del contenido de la Carta Magna, puesto que ambas (la inclusión de la asignatura) y el contenido transversal, son importantes y se complementan para garantizar real y efectivamente la alfabetización constitucional universitaria.
Comprender la lógica de los contenidos de la Constitución, su parte orgánica y sustantiva, como objetivo central en la formación ciudadana es una tarea constante y de alta responsabilidad social. Dada la importancia no entendida, su enseñanza se ha caracterizado por la memorización. Repetir los artículos, que si el art. 39 sobre el derecho a la igualdad, o si el art. 124 sobre la elección presidencial, es la tarea en que se vive a diario. Pero ¿Cuál es el significado del derecho a la educación de calidad para las personas o la elección presidencial para la democracia? ¿Cuáles son los fundamentos de la Constitución? ¿En qué principios se sustenta la norma suprema?
Un reconocimiento a don Milton Ray Guevara, presidente del Tribunal Constitucional y a la doctora Mayra Cabral Brea, directora del Centro de Estudios Constitucionales, al doctor Franklin García Fermín, ministro del MESCYT, por el apoyo para hacer posible que la enseñanza de la Constitución en las IES sea una realidad.
Es necesario desterrar la práctica inveterada de presentar los contenidos de la Constitución como autónomos, normativas autosuficientes y autorreferenciales, y no como parte de un sistema, en donde cada elemento forma parte del todo. Si una de las partes de esa unidad no funciona, desconociendo las demás, la rueda constitucional no gira armónicamente. Al decir del argentino constitucionalista Roberto Gargarella “la sala de máquinas de la Constitución” debe de funcionar.
La enseñanza de la Constitución exige una pedagogía específica, requiere desandar un camino centrado en la repetición y la memoria de la norma; la Constitución se debe enseñar para transformar a las personas y su comprensión en libertad dentro de espacios de aprendizajes reales y no aparentes. La alfabetización constitucional es la meta que debemos alcanzar para lograr personas más conscientes de su papel como ciudadanos.