El Ministerio Público solicitó este jueves a la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de la provincia Barahona que le imponga 18 meses de prisión preventiva a otros cuatro involucrados en transacciones fraudulentas con tarjetas del programa de ayuda social Supérate.
La Fiscalía de Barahona y la Procuraduría Especializada Contra los Crímenes y Delitos de Alta Tecnología solicitaron que se declare complejo el proceso y que se imponga la prisión preventiva contra Hansel Arturo Féliz Féliz, de 20 años de edad; Andy Reimi Ubiera, de 26 años; Francisco Andrés Sánchez, de 27, y Euris Bautista Sánchez, de 23, quienes fueron arrestados en flagrante delito con 103 tarjetas del programa cuando se dirigían a hacer las transacciones en negocios de Barahona.
La jueza María Consuelo Valenzuela aplazó para el próximo jueves 31 de marzo, a partir de las 9:00 de la mañana, el conocimiento de la medida de coerción, luego de acoger la petición de las defensas, que argumentaron que necesitaban más tiempo para estudiar el expediente.
La Administradora de Subsidios Sociales (Adess) presentó formal denuncia de los casos, mediante la cual informó que personas han estado copiando las informaciones de las bandas magnéticas de las tarjetas solidaridad de los programas sociales que lleva a cabo el gobierno, como es el caso de Supérate y Aliméntate.
De acuerdo con la denuncia, posteriormente utilizan dichas informaciones para realizar transacciones fraudulentas a través de los comercios adheridos a la Red de Abastecimiento Social (RAS), impidiendo que las personas de escasos recursos, en favor de quienes se emitieron dichas tarjetas, puedan hacer uso de los fondos que mensualmente le deposita el Estado.
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El órgano del sistema de administración de justicia precisó que los integrantes de la red criminal se dedican a la clonación de tarjetas, a la estafa contra el Estado dominicano y contra los beneficiarios, a quienes le realizan una suplantación de su identidad digital al utilizar las tarjetas clonadas a su nombre, en detrimento del propio programa, así como también a la violación a la ley de lavado de activos, la cual tiene como delito precedente los delitos de alta tecnología.
El caso ha recibido la calificación jurídica de violación a varios artículos del Código Penal Dominicano, la Ley 53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología y la Ley 155-17, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, que, entre otros, tipifican y sancionan el enriquecimiento ilícito, la asociación de malhechores, estafa contra el Estado dominicano, obtención ilícita de fondos y robo de identidad, así como el uso de datos por acceso ilícito.