El verdadero día de la Policía Nacional: una precisión necesaria

Juan Manuel Morel Pérez
Por: Juan Manuel Morel Pérez
El pasado martes 28 de octubre se celebraron 2 acontecimientos de importancia trascendental, el primero el aniversario de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, mi alma mater faro de luz y ciencia, donde conocí la libertad y derechos y allí mismo aprendí a defenderlo y con ese aniversario, la historia me recordaba que hace 17 años me había titulado de Licenciado en derecho, para dar paso al abogado, especialista en Derechos Humanos, en geopolítica y master en derecho civil y seguridad y defensa nacional, además se celebran los actos en ocasión del Día de la Policía Nacional.
Como cada año, la fecha convoca a la reflexión sobre el papel de una institución que, a pesar de las sombras que han marcado ciertos episodios de su historia, se encuentra hoy en proceso de transformación, reforma y dignificación.
Al felicitar a varios miembros activos y retirados de tan noble cuerpo, se me decía que lo que realmente se conmemoraba era el día del santo patrón, San Judas Tadeo, y no el Día de la Policía Nacional, que según algunos es el 2 de marzo. A esa afirmación respondí con firmeza que es el 28 de octubre el día de la policía nacional, no solo por convicción, sino por conocimiento legislativo.
Quizás por razones de historia familiar se ha cultivado en mí un respeto profundo por la Policía Nacional Dominicana. A ello se suma la experiencia de haber contribuido en la formación de oficiales en áreas como derecho constitucional, geopolítica, derechos humanos y seguridad nacional.
Y en ese sentido, es necesario esclarecer cuál es, legalmente, el día de Policía Nacional Dominicana. La Ley No. 6134 del 17 de diciembre de 1962, en su artículo primero, declara el 28 de octubre como Día de la Policía Nacional, coincidiendo con la festividad de San Judas Tadeo, patrón institucional. Esta disposición no ha sido derogada ni modificada por leyes posteriores. La más vigente configuración normativa policial, la Ley No. 590-16 del 15 de julio de 2016, que, no menciona ni modifica la fecha establecida por la ley de 1962. Sin embargo, luego de la entrada en vigor de la Ley 590-16, se dispuso por vía administrativa, celebrar el Día de la Policía Nacional el
2 de marzo, en honor a la fecha de fundación de la institución, creada mediante la Ley No. 14 del año 1936. Entonces c o claridad meridiana son dos celebraciones distinta el 2 de marzo se conmemora el día de la fundación de la policía Nacional y el 28 de octubre el día de la institución Pero como sabemos, ningún acto administrativo puede derogar una disposición legal.
La jerarquía normativa es clara: una ley solo puede ser modificada por otra ley. Por tanto, el Día de la Policía Nacional sigue siendo el 28 de octubre, aunque por práctica administrativa desde 2017 se celebra el 2 de marzo. Esta dualidad genera confusión, Es por ello que en la iniciativa legislativa que dará paso a una nueva Ley Orgánica de la Policía Nacional debe ser incluido un artículo que reafirme el 28 de octubre como Día de la Policía Nacional, en honor a San Judas Tadeo, patrón de la institución, y que reconozca el 2 de marzo como fecha fundacional, útil para fines históricos y educativos, sin que ello implique modificación del día oficial. Esta propuesta no solo resuelve la ambigüedad, sino que honra la dimensión espiritual, histórica y legal de una institución que merece respeto, apoyo y dignidad.