Miguel Surun dice con Ley 1-24 termina secreto profesional de abogados, bancario, archivos médicos; de telecomunicaciones, y cláusula de conciencia de los periodistas
Un grupo de juristas interpuso ayer una acción de inconstitucionalidad contra varios artículos de la nueva Ley 1-24 que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), alegando que la misma atenta contra el derecho fundamental, y afecta el principio de separación de poderes públicos.
El grupo, encabezado por el expresidente del Colegio de Abogados (CARD) Miguel Surun, objetan los artículos 9, 11, 13, 16, 22, 24 y 26 de la legislación de marras, atentan contra el derecho fundamental de libertad de expresión y acceso a fuentes de información; el derecho a la intimidad, a la libertad de empresa y al principio de transparencia del Estado.
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Respecto al principio de separación de los poderes, afirmaron que la Ley del DNI viola los artículos 4, 7, 8, 44, 49, 50, 51, 69, 70, 74, 169 7 138 de la Carta Magna.
“Lo grave es que al tenor del artículo 26 de dicha ley, los periodistas, abogados, médicos, entidades bancarias, telefónicas y todo ente privado o público, está obligado a entregar las informaciones requeridas por el DNI, bajo pena de 3 años de cárcel (si no lo hace), con lo que termina el secreto profesional del abogado, la cláusula de conciencia del periodista; el secreto de los archivos médicos, el secreto bancario y el secreto de las telecomunicaciones, institucionalizándose así el caliezaje de Estado por ley, todo, al margen del debido proceso y sin fiscalización de un juez”, dijo Surun.
Agregó que al margen de todo eso la controvertida ley oficializa en su artículo 9, numeral 6, la interceptación de conversaciones telefónicas, correos electrónicos “y el espionaje de datos y archivos empresariales” por la sola decisión del director del DNI, poniendo en grave riesgo la seguridad jurídica del país”.
Agregó que “lo que es peor aún”, es que despoja al Ministerio Público de su rol de jefe de la investigación penal, e invade el ámbito del Poder Judicial, en violación del artículo 4 de la Constitución.