Senado de la República Dominicana aprueba en segunda lectura el proyecto de Ley de Extinción de Dominio.
El Senado de la República aprobó hoy en segunda lectura el proyecto de Ley de Extinción de Dominio luego de varios debates a favor y en contra.
La pieza contó con el voto favorable de 20 de los 28 senadores presentes. Entre la votación contraria figura la del senador oficialista por La Romana, Iván Silva.
Asimismo, votaron por la no aprobación de la ley, los senadores presentes en el hemiciclo de los partidos de oposición PLD y Fuerza del Pueblo.
Antes de la votación, los senadores dieron lectura a los 111 artículos que contiene el polémico proyecto de ley.
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El proyecto de Ley de Extinción de Dominio pasa ahora para ser conocido en la Cámara de Diputados.
Esta ley, tiene como objetivo principal la recuperación de los bienes que provengan de forma directa o indirecta de algún tipo de hecho ilícito dentro del territorio dominicano o en el extranjero.
Cabe resaltar que el proyecto de Ley de Extinción de Dominio tenía alrededor de una década en el Congreso Nacional, y fue recientemente debatida por una Comisión Bicameral que dio como resultado la aprobación en dos lecturas dentro de la cámara alta.
En ese mismo orden, dentro de la Comisión Bicameral fueron presentadas varias iniciativas por parte de los senadores Iván Lorenzo; Félix Bautista; Antonio Taveras; Milcíades Franjul y José del Castillo Saviñón.
Sobre la ley
La Ley de Extinción de Dominio es una normativa jurídica dirigida contra los bienes de origen o destinación ilícita, la cual constituye una herramienta para la persecución de los activos obtenidos a través del crimen organizado, la corrupción y otras actividades criminales.
El proyecto de ley establece reglamentos para los procesos de extinción de dominio de bienes ilícitos, previstos en la Constitución de la República Dominicana. Además, define las competencias y facultades de las autoridades responsables de su aplicación.
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La normativa también castiga la trata de personas, incluyendo la explotación sexual de menores (pornografía infantil), además, sanciona el tráfico ilícito de órganos humanos, secuestro, desfalco y estafa al Estado, así como la infracción relacionada con el terrorismo o su financiamiento.
La extinción de dominio es un procedimiento independiente y autónomo a lo penal, civil, administrativo arbitral, la misma no será obstáculo para iniciar un juicio en esta materia, por la existencia de cualquier otro proceso judicial.