La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) aseguró hoy que realizó los estudios actuariales que sustentan la decisión de aplicar las disposiciones del artículo 123 de la Ley 87-01 y del Reglamento de Afiliación al Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo, aprobado por el Consejo Nacional de Seguridad Social y promulgado mediante el Decreto 234-07.
La institución realizó la aclaración en respuesta en respuesta a la reacción de la Asociación Dominicana de Administradora de Riesgos de Salud (ADARS), que aseguró que la nueva resolución de SISALRIL que aprueba que los afiliados al régimen contributivo del Seguro Familiar de Salud (SFS) puedan incluir como dependientes a familiares no directos, es una disposición que pone en riesgo el futuro del régimen contributivo del sistema de salud y perjudicará a los actuales afiliados del sistema.
En ese orden, la SISALRIL citó que todas las decisiones de esa dependencia se fundamentan en estudios técnicos serios ajustados al marco legal y reglamentario vigente, así que la ciudadanía puede confiar en que el desarrollo del Seguro Familiar de Salud (SFS) no será amenazado por la inclusión de los familiares dependientes adicionales y que, por el contrario, se trata de una acción de justicia que va en la dirección de fortalecerlo.
“Valoramos y respetamos las opiniones emitidas por personalidades vinculadas a algunas ARS y entendemos que hacen uso de sus derechos. Preferimos no debatir por los medios de comunicación estos aspectos técnicos complejos”, señaló.
Y agregó: «Hemos previsto una reunión de intercambio la próxima semana, a la cual estamos invitando a las asociaciones de ARS, para seguir explorando propuestas que permitan seguir mejorando y garantizando las prestaciones para los afiliados al Seguro Familiar de Salud, al mismo tiempo que seguir asegurando la sostenibilidad financiera del sistema».
En un comunicado, el presidente de la ADARS, José Manuel Vargas, afirmó que “no es posible que el organismo creado por la Ley 87-01 para velar por el fiel cumplimiento de la misma, emita y publique normativas que atentan contra el sostenimiento del sistema dominicano de seguridad social y de las instituciones que lo conforman@.
Destacó que medidas como éstas deberían ser sustentadas por los estudios técnicos y de suficiencia necesarios, que puedan garantizar el otorgamiento de dichos beneficios a futuro, debiendo ser presentados previamente al Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), para de esta manera cumplir las vías legales correspondientes.