Valoran Carta Magna y piden dejarla tranquila

Valoran Carta Magna y piden dejarla tranquila

La celebración del 179 aniversario de la Constitución eleva el espíritu patriótico del pueblo dominicano, que en medio de una crisis con el vecino país Haití, la proximidad de elecciones generales y de la escogencia de cinco jueces del Tribunal Constitucional (TC), pone “ojo avizor”, alza su voz y clama por el respeto total de ella.

Reformada 39 veces desde su primera edición en el año 1844, la Constitución dominicana actual (2010) es considerada como una de las más avanzadas de América Latina, por lo que importantes sectores de la sociedad abogan para que se preserve y no sea objeto de cambios por intereses políticos.

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Aprobar las leyes orgánicas que faltan, consolidar el Tribunal Constitucional como el garante de la Carta Magna y de los derechos fundamentales; y dejarla tranquila, es lo único que recomendaron ayer el experto constitucionalista Eduardo Jorge Prats, la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus); y el expresidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Jorge Subero Isa.

Resaltaron que la mayoría de las reformas constitucionales se han hecho para cambios respecto al mandato y a la reelección presidencial, excepto las del 1994 y 2010 que impulsaron cambios que han contribuido a consolidar la democracia y el Estado de Derecho.

“Lo que ahora se requiere es seguir haciendo realidad efectiva el programa constitucional de la reforma integral del 2010, un verdadero paradigma en nuestra región Latinoamericana, mediante la aprobación de las leyes orgánicas que faltan, consolidando el rol del Tribunal Constitucional e impulsando la independencia y eficacia del Poder Judicial y del Ministerio Público, para lo cual no se requiere una reforma constitucional”, dijo Jorge Prats.

Una opinión similar externó la Finjus, quien consideró como el cambio más importante de la Constitución del 2010 y la creación de nuevos mecanismos para hacer realidad la participación de la ciudadanía en los procesos políticos e institucionales del Estado.

“La Constitución en su artículo 203 plasma que el referendo, el plebiscito y la iniciativa normativa municipal son los mecanismos directos de participación local. No obstante, sería de mucho provecho que este mandato constitucional que data del 2010, finalmente se convierta en un conjunto de leyes y reglamentos que regulen pertinentemente dichas figuras…”, dijo el vocero de la Finjus, Servio Tulio Castaños Guzmán.

Los tres fueron entrevistados por separado.