El Instituto Duartiano (ID) exhortó hoy a las estaciones de radio y televisión y a la ciudadanía en general, a cumplir con la Ley número 210-19, que regula el uso de los Símbolos Patrios, promulgada el 12 de julio de este año, a propósito de cumplirse el próximo viernes 16 de agosto un nuevo aniversario del “Grito de Capotillo” de 1863, acción que marcó el inicio de la guerra restauradora de la Independencia Nacional.
El presidente del ID, Wilson Gómez Ramírez, expresó que la nueva disposición establece en su artículo 6 la obligatoriedad de todas las dependencias estatales de enarbolar la Bandera Nacional en los días de fecha patria, y que es deber de todos los dominicanos exhibir el pabellón tricolor en sus casas y apartamentos, por lo menos de 8 de la mañana a 5:30 de la tarde.
Asimismo, el Instituto Duartiano, formuló un llamado a la Asociación Dominicana de Radiodifusores (ADORA), a la Unión de Emisoras Católicas (UDECA), a los propietarios y directores de estaciones de radio independientes, a los dueños y directores de canales de televisión de cualquier naturaleza, a dar cumplimiento al artículo 32 de la referida Ley de Símbolos Patrios, para que difundan el Himno Nacional dominicano, a las 12:00 meridiano, el próximo viernes 16 de agosto, Día de la Restauración, por tanto, día de fiesta nacional.
Gómez Ramírez dijo que esa entidad remitió a las entidades representativa de estos medios, para que hagan los ajustes necesarios para que sea cumplida esta disposición de carácter patriótico, la cual persigue resaltar los valores, estimular el sentimiento patrio, realzar la dominicanidad y rendir tributo a los hombres y mujeres que sacrificaron sus vidas y bienes en aras de la libertad, la independencia y la soberanía de la Nación.
El presidente de ID manifestó que esta disposición legal establece en el artículo 6 las fechas especiales para enarbolar la bandera, y que es obligación hacerlo en todas las dependencias estatales descritas en el artículo 5 de esta ley, los días 26 de enero, día de Duarte; 25 de febrero, de Mella; 27 de febrero, de la Independencia Nacional y de la bandera nacional; 9 de marzo, de Sánchez; 16 de julio, día en que se fundó La Trinitaria; 16 de agosto, de la Restauración y, 6 de noviembre, de la Constitución.
Indicó que el artículo 32 de la nueva Ley de Símbolos Patrios estable que “difusión del Himno Nacional, y que las estaciones de radio y televisión del país difundirán el Himno Nacional en cualquiera de sus versiones, so pena de incurrir en violación a la presente ley, a las doce horas pasado meridiano de las fechas 26 de enero, día de Duarte; 27 de febrero, de la Independencia Nacional y de la Bandera Nacional; 16 de agosto, de la Restauración; y, 6 de noviembre, de la Constitución”.
“Reiteramos la importancia de mostrar el sano orgullo de ser dominicano, exhibiendo nuestra bandera tanto en las instituciones públicas como en las casas y apartamentos, en días de fechas patrias, como resulta este 16 de agosto” precisó Gómez Ramírez.
Por último, dijo que el Instituto Duartiano confía plenamente en el sentimiento patriótico de los propietarios y ejecutivos de los medios radiales y de televisión, así como en los productores, realizadores de programas, para que se cumpla con el alto propósito de la nueva ley, y el gran público reciba el impacto que entraña esta difusión masiva del símbolo sonoro de la Patria.
El Instituto Duartiano es una institución de carácter oficial y autónomo, no lucrativa, creada mediante decreto del Poder Ejecutivo número 1892, de fecha 07 de diciembre del año 1967, y por la ley Núm. 127-01, de fecha 27 de julio del año 2001.