11 años y un poco más…

11 años y un poco más…

Tahira Vargas García

En el año 2009 realicé un estudio para el Servicio Jesuita para Refugiados y Migrantes (SJRM) con personas dominicanas de ascendencia haitiana de segunda y tercera generación para conocer su realidad identitaria.

Fue de un gran impacto y tristeza para mi encontrar a personas con edades desde 15 hasta 80 años con dificultades en ese momento para renovar su pasaporte, cédula y su licencia de conducir. Toda una vida con una definición clara de ser dominicanas y dominicanos y de repente ante la renovación de un documento le despachan con la “pérdida” de su nacionalidad afectando sus condiciones económicas, académicas, laborales y de vida.

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La reacción para estas personas que nacieron y han vivido en este país toda la vida es dramática: “¿Cómo voy a ser extranjero en mi país, me he criado aquí, tengo hijos y nietos aquí, y ahora soy extranjero, adonde voy yo a ir?”

En el estudio se muestra claramente que la identidad de la población dominicana de ascendencia haitiana no solo se sustenta en su situación de derecho sino también en su: sentido de pertenencia, costumbres, patrones de arraigo, idioma, socialización y tejido social. Lo mismo ocurre con todo/a hijo o hija de personas de distintas nacionalidades (china, español, libanés, cubano entre otros) que nace y se socializa en la República Dominicana, muchos/as de los/as cuales han sido y son síndicos/as, diputados/as, senadores/as hasta presidentes de la República.

Esta disposición fue la antesala de una medida más grave aun, con consecuencias mayores, la sentencia 168-13 promulgada por el Tribunal Constitucional el 23 de septiembre del año 2013. Esta sentencia fue la continuación y expansión de las medidas del 2007 con una resolución en la que se estableció que “solo se consideran como nacionales las personas nacidas en territorio dominicano de padres dominicanos o residentes legales. Siendo así que las personas nacidas desde 1929 a la fecha cuyos padres no contaban con un estatus legal en el país deberían haber sido considerados “en tránsito” y no les correspondía la nacionalidad dominicana”.

La negación de la nacionalidad a personas que son dominicanos y dominicanas con vidas construidas y forjadas desde este sostén es una violación a derechos fundamentales de una persona, quitarle la nacionalidad es quitarle el derecho a una vida digna y someterlas a la vulnerabilidad y exclusión del derecho a: educación, empleo, inversión económica, desarrollo humano. Todavía hoy esta población no goza en su totalidad de estos derechos.

Si el Gobierno de la República Dominicana protesta contra el despojo de la nacionalidad en otros países, ¿por qué no actúa en ese mismo sentido en su país?

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