La catedrática y experta en derecho penal Patricia Santana afirmó ayer en el proyecto de Código Penal, que cursa en el Congreso no puede eximir de responsabilidad penal ni al Estado ni a los municipios.
“En los debates que se han abordado solo vemos que se habla de las exclusión de las iglesias pero es muy preocupante que esta pieza legislativa exima de responsabilidad penal al Estado y los municipios”, expresó, al participar del panel “El Código Penal: desafíos de los derechos ciudadanos y la constitucionalidad en República Dominicana”.
Santana dijo que eximir de responsabilidad penal esas entidades de derecho sería una violación a convenios internacionales y sería restarle responsabilidades cuando ocurra alguna catástrofe por la que se le pueda atribuir homicidios culposos por haber incumplido algunas normativas relativas, por ejemplo a la planificación urbana.
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La actividad fue realizada en la Facultad de Ciencias Jurídica y Políticas de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) y asistieron juristas, docentes, estudiantes y otros.
En el debate también participó el jurista Trajano Potentini, quien recordó que el Código Penal es más que las causales, sino que hay otros elementos importantes que cree deben se analizado, como la imprescriptibilidad de la corrupción, la autoría intelectual en los delitos de sicariato y el delito de opinión, que involucra la libertad de expresión que entiende debe ser protegida.
De su lado, Melina Zaiz señaló la necesidad de que el nuevo Código Penal proteja la dignidad de las mujeres y las niñas, por lo que abogó por la inclusión de las causales del aborto en el proyecto, ya que su opinión no viola la Constitución.
Alexis Joaquín Castillo dijo que el proyecto de ley penal que cursa en el Congreso debe ser analizado a profundidad, porque entiende que la pieza tiene varios articulados que chocan con la Constitución.
John Garrido dijo que entre las anomalías que el proyecto contiene es que permite que una persona sea juzgada dos veces por el mismo hecho, lo que es contrario a la Constitución, y castigo corporal para los menores, lo que contraviene tratados para la protección de niños.