El proceso de corrupción que normalizaría Alexis Medina Sánchez en ocho instituciones para “depredar” al Estado y amasar una fortuna millonaria, solo habría sido posible por estar en la Presidencia su hermano Danilo Medina.
Así lo afirmó ayer el director Nacional de Persecución Wilson Camacho, al comenzar a exponer los alegatos de clausura del Ministerio Público en el juicio de fondo contra Alexis y demás imputados en el caso Antipulpo, luego de que el tribunal rechazara la so licitud de extinción de la acción penal, hecha por la también imputada Carmen Magaly Medina Sánchez.
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Según Camacho con el entramado de corrupción que habría creado Alexis mediante “tráfico de influencia”, no solo resultaron afectadas el Fonper, Oisoe, Salud Pública, EdeSur, la Policía Nacional; la UER y la Contraloría General de la República, sino también todos los proyectos de desarrollo que “en una correcta administración de los fondos públicos debieron ejecutarse desde esas instituciones”.
Recordó que la Ley 340-06 de Compras y Contrataciones le impedía a Alexis contratar con el Estado dominicano.
Asimismo, advirtió a los jueces que es posible que la defensa quiera confundir al tribunal y decirle que esa prohibición el legislador debe analizarla solo vinculada a las instituciones y a los incumbentes (funcionarios).
“Pero no es solo a ellos, porque el artículo 14, numeral 5, dice, entre otras cosas, que no pueden contratar los parientes con consanguinidad hasta el tercer grado…”
Wilson Camacho expresó que la razón por la que el legislador hace esa prohibición es, primero, “ asegurar que las contrataciones públicas sean transparentes, evitar el conflicto de intereses que se presenta, y con es te, inclusive, tráfico de influencia…”.
Rechazo extinción penal
La juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, rechazaron el pedimento de Carmen Magaly, también hermana del expresidente Danilo Medina, alegando, entre otras cosas, los múltiples aplazamientos que por razones de salud de varios imputados, algunos de los cuales fueron sometidos incluso a cirugías; ausencia de abogados; y a la falta de experiencia procesal de un caso complejo como Antipulpo.
Las juezas Clara Nivar, Yisell Soto y Clara Castillo, dijeron que “posiblemente si se hubiese tenido una experiencia procesal, quizás en el caso no tuvieran en este caso dos años y 6 meses”.
Agregaron que sin embargo, “este ha sido un proceso donde se le ha garantizado, desde el punto de vista de la garantía procesal, todos y cada uno de los derechos a las partes involucradas…”
Por esas y otras razones expuestas, el Tribunal falló rechazando la extinción demandada por la defensa de Carmen Magaly Medina, y ordenó la continuación de juicio.