Alexis Victoria Yep aseguró que sus empresas no han sido beneficiadas con licitación tras su juramentación en el Congreso.
La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), remitió hoy un informe al senador por la provincia María Trinidad Sánchez, Alexis Victoria Yeb, en el que confirma las adjudicaciones ganadas por sus empresas, sustentado en las informaciones que reposan en los registros de proveedores del Estado, base de datos del Sistema Electrónico de Compras y Contrataciones, (SECCP), e información en registros de público acceso como la Cámara de Comercio y Producción.
“Cabe destacar que las empresas Dronena, S.A. y Victoria Yeb S.A. resultaron beneficiadas con 14 contratos por un valor total de RD$1,720,375.08, luego de su toma de posesión como senador de la República”, cita el informe, que además señala el 100% de las acciones dicha empresa como propiedad del senador.
“Alexis Victoria Yeb, quien figura inscrito como persona física y como accionista de las razones sociales Victoria Yeb S.A., Farmacia Santa Cruz, S.R.L. y Grupo Farmacéutico Ama, E.I.R.L. A la fecha actual y tras el análisis de la composición accionaria de cada una de estas empresas, a la luz del cargo político del senador, se ha determinado que las mismas no pueden contratar ni ser proveedores del Estado y se ha procedido a la suspensión de sus registros”, recoge el informe enviado en nota de prensa por la DGCP.
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La DGCP agrega que fueron identificadas otras sociedades comerciales como Cristalia Dominicana S.R.L., JD Guerrero, S.R.L. y Dronena S.A., siendo esta última suspendida también por haberse constatado la vinculación de la misma con el senador Victoria Yeb “al tener este el 100% de las acciones de la empresa ACE Capital Investors, Inc., quien a su vez es la accionista mayoritaria de Dronena, S.A. con un 99.98% de capital social”.
La institución también explicó que profundizará en las adjudicaciones realizadas en favor de la razón social Cristalia Dominicana, S.R.L., de la que el senador fue accionista y representante hasta mayo de 2020, la cual desde el 16 de agosto de 2020 a la fecha ha sido beneficiaria de un total de ciento dieciocho (118) adjudicaciones, a través de Portal Transaccional en veintidós (22) unidades de compras diferentes, por un valor total adjudicado de RD$472,877,736.60.
La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) manifestó que, en vista de las debilidades para regular la participación de personas jurídicas, en cuya composición accionaria se encuentren incluidos funcionarios de alta jerarquía, el anteproyecto de Ley General de Contrataciones Públicas, presentado a la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, se propone hacer una distinción entre inhabilidades absolutas y relativas.
“Dentro de las inhabilidades absolutas, es decir, personas que no podrán contratar con ninguna institución del Estado, se encuentran todos los funcionarios de primer y segundo grado de jerarquía de las instituciones sujetas al ámbito de aplicación de dicha norma, así como las personas jurídicas dentro de cuáles dichos servidores tengan participación social, sin importar el porcentaje de participación. Por igual, tendrán inhabilidad absoluta para contratar con el Estado los parientes del presidente y el vicepresidente de la República sean por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado, así como las personas jurídicas en las cuáles tengan participación social”, explicó el órgano rector en un comunicado de prensa remitido a los medios.
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La DGCP
El informe presentado por la DGCP, cuya copia también fue remitida al presidente del Senado, Eduardo Estrella, fue emitido a solicitud del congresista, quien durante la sesión legislativa del pasado 2 de noviembre requirió públicamente a la DGCP una certificación que hiciera constar el comportamiento de sus empresas en el SECCP, conocido comúnmente como Portal Transaccional, tras su juramentación como senador, el pasado 16 de agosto de 2020.
En nota de prensa, el órgano rector recordó que el acceso a la información relativa a las compras y contrataciones es abierto y público para todas las personas, tal y como lo consagra el principio de transparencia y publicidad, previsto en el numeral 3 del artículo 3 de la Ley 340-06 de Compras y Contrataciones Públicas.
De igual modo, la institución explicó que la inhabilitación de un proveedor por estar en el régimen de inhabilidades es una situación sujeta al cambio constante y sin aviso, ya que sobreviene a la persona, sea física o jurídica, tras un cambio en su estatus ocupacional o político, como es el caso del senador Victoria Yeb, quien, por encontrarse en el Régimen de Prohibiciones, previsto en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 14 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones no puede suplirle al Estado.
En ese orden, la DGCP recordó que a consecuencia del cambio de gestión gubernamental y dando cumplimiento a su rol de revisión y verificación del Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitió la circular Núm. DGCP-07-2020 para que aquellos funcionarios que se encontraran en tal situación solicitaran de manera voluntaria la suspensión de su registro en un plazo de 30 días calendarios y producto de la cual se suspendieron 131 personas físicas y jurídicas, tanto de oficio como a solicitud de parte.