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Candidaturas Independientes: La decisión que «sacude» a los partidos tradicionales

a Junta Central Electoral Santo Dom. 21 de junio 2018. Foto Pedro Sosa

a Junta Central Electoral Santo Dom. 21 de junio 2018. Foto Pedro Sosa

Lency Alcántara
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La sentencia emitida a comienzos de este 2025 por el Tribunal Constitucional que abre las puertas en los próximos comicios, a la inscripción de candidaturas independientes, ha disparado las alarmas dentro de los partidos tradicionales de la República Dominicana.

Así lo manifestó este miércoles el vicepresidente de la Fuerza del Pueblo, Radhamés Jiménez, quien entiende que la resolución puede poner «tambalear un poco» al sistema de partidos.

«Eso va en detrimento del fortalecimiento de los partidos políticos», aseguró el exprocurador de la República mediante una entrevista en el programa El Día de Telesistema canal 11.

El jurista explicó que ya la Constitución dominicana establece un cuerpo, y «una configuración que le da vida propia al sistema de partidos».

«Son el equilibrio para el mantenimiento de la institucionalidad democrática en cualquier país del mundo, y básicamente en el nuestro», subrayó el exfuncionario.

Aclaró que la Carta Magna menciona los movimientos y agrupaciones políticas, diferente a lo decidido por la Alta Corte que abre las puertas a la inscripción de «cualquier figura, cualquier persona, vinculado a una fundación. inscribirse como candidato».

«Las decisiones del Tribunal Constitucional son vinculantes de todos los poderes, lo que la Junta Central con otros partidos, están buscando una metodología, que afecte lo menos posible al sistema de partidos de la República Dominicana», dijo el dirigente de la Fuerza del Pueblo.

«Porque obviamente esta situación, como que ahí hubo un exceso de parte del Tribunal Constitucional, que se convirtió en una especie de legislador positivo», lamentó.

Sentencia TC/0788/24

La sentencia TC/0788/24 del Tribunal Constitucional de la República Dominicana, emitida el 13 de diciembre de 2024, resolvió la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por Alberto Emilio Fiallo-Billini Scanlon contra los artículos 156 y 157 de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral.

Aborda la posibilidad de que un ciudadano que no pertenece a ninguna organización política aspire a un cargo de elección popular, eximiendo a las candidaturas independientes de excesivos formalismos para su presentación. Además, se destaca que las normas cuestionadas imponen cargas desproporcionadas y restrictivas para presentar candidaturas independientes, lo que contraviene la esencia de ese término.

Radhamés Jiménez habla de las candidaturas independientes,Radhamés Jiménez habla de las candidaturas independientes

Radhamés Jiménez habla de las candidaturas independientes

Tribunal Constitucional (TC).,Tribunal Constitucional (TC).

Tribunal Constitucional (TC).

Sobre el autor
Lency Alcántara

Lency Alcántara

Periodista, con más de una década de experiencia en temas económicos y de investigación. Especialidad en Comunicación Iconográfica.

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