Carrera administrativa
Colegio de Abogados SPM denuncia cancelación ilegal
La Ley 41-08 establece el principio de estabilidad en favor de los servidores públicos de carrera, dispone que solo podrán ser destituidos por causas previstas.

Cancelada es servidora de carrera administrativa.
San Pedro de Macorís. La seccional del Colegio de Abogados denunció que la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (Dida), canceló de manera injustificada y en violación a la Ley 41-08 a la doctora Felicia de la Cruz, pese a su condición de servidora de carrera administrativa y quien era defensora de los Afiliados en la oficina provincial de esta ciudad. Habría sido csncelda por reunirse con u diirgente de la Fuerza del Pueblo.
La presidenta del gremio, Josefina Guerrero, dijo que la Ley 41-08 establece el principio de estabilidad en favor de los servidores públicos de carrera, disponiendo que estos solo podrán ser destituidos por las causas expresamente previstas en la ley y mediante el cumplimiento estricto del procedimiento disciplinario correspondiente, ya que no existe causa alguna para abrir un proceso en contra de la profesional del derecho.
Indicó que hasta la fecha, no a la afectada no le han notificado la apertura de proceso disciplinario alguno, ni le han garantizado el derecho de defensa, ni el debido proceso administrativo, derechos que constituyen garantías fundamentales reconocidas tanto en la legislación de función pública como en la Constitución.
Guerrero sostuvo que la cancelación fue recomendada por Rafael Nadal, director de la Dida en San Pedro de Macorís y ejecutada sin que mediara una formulación normal de cargos, investigación administrativa previa, derecho a presentar medios de defensa y decisión motivada producto de un procedimiento disciplinario, sino por asuntos políticos.
Alega que fue porque De la Cruz aparece en una fotografía con Bernardo Arroyo. juramentado en Fuerza del Pueblo en una actividad efectuada en el municipio Quisqueya el domingo 15 de febrero, día no laborable.
La presidenta del Colegio de Abogados en esta ciudad, entiende que lo antes expresado, constituye una vulneración directa a la normativa vigente y a los principios de legalidad, razonabilidad y seguridad jurídica que rigen la administración pública, por lo que le pide a las autoridades competentes que sea derogada esta acción atropellante.