Aunque es un impuesto que deben pagar todos, el Estado ha otorgado exenciones a Adocambio y Anadegas el objetivo de la norma es regularizar esto
Se encuentra en foro público para la discusión el borrador de una norma para que todas las personas y empresas paguen el impuesto de emisión de cheques y pagos por transferencias electrónicas, según dispone el Código Tributario.
Aunque es un impuesto que deben pagar todos, el Estado ha otorgado exenciones y el objetivo de la norma es regular para que todos paguen este impuesto a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Este impuesto aplica tanto a personas como empresas y se calcula a una tasa de 1.5 por mil (RD $0.0015 o 0.15% por cada peso), sobre el valor de los cheques de cualquier naturaleza pagados por las entidades de intermediación financiera (EIF) y sobre las transferencias o pagos electrónicos realizados a terceros.
La “Norma General que deroga toda disposición administrativa que exima del pago del Impuesto del 0.0015% (1.5 por mil) por concepto de emisión de cheques y transferencias electrónicas”, se encuentra en discusión abierta desde el pasado nueve de octubre hasta el viernes 13 de diciembre de 2024 en el página web de la DGII.
La DGII explica que la norma tiene como objetivo derogar las dispensas administrativas otorgadas por mediante convenio, certificación, comunicación o cualquier otro medio, respecto de la no aplicación del Impuesto a la Emisión de Cheques y Transferencias Electrónicas establecido en el artículo 382 del Código Tributario, a favor de la Asociación Nacional de Detallistas de Gasolina, Inc. (Anadegas), de la Asociación Dominicana de Intermediarios Cambiarios (Adocambio), así como a cualquier otra persona o ente que hasta el momento se beneficie de algún tipo de medida administrativa que les exceptúe del pago del indicado impuesto.
El acuerdo entre la DGII y Anadegas fue firmado en mayo del 2007 y las partes acordaron establecer a través de las instituciones bancarias, una cuenta única y exclusiva para la compra de combustibles de los negocios legalmente establecidos como detallistas de combustible, en la cual no se cargaría el cobro del Impuesto siempre que el cheque emitido tenga como beneficiario una compañía distribuidora de combustible, y cuyo fin sea compra de combustibles.
Mientras el acuerdo entre la DGII y Adocambio fue firmado en julio de 2008 y favorece la exoneración del pago del impuesto sobre la emisión de cheques y pagos por transferencias electrónicas, debido a la situación de inestabilidad de la que habían sido objeto los agentes de cambio legalmente constituidos y los pequeños intermediarios financieros producto de la aplicación del referido impuesto.