Impuesto sobre
la renta
Administración y los contribuyentes
La determinación y percepción del impuesto sobre la Renta, se efectuara sobre la base de declaraciones juradas que deberán presentar los responsables del pago del gravamen

Impuesto sobre la renta
La determinación y percepción del impuesto sobre la Renta, se efectuara sobre la base de declaraciones juradas que deberán presentar los responsables del pago del gravamen es decir, los contribuyentes, que no son otros sino aquellos respecto de los cuales se verifica el hecho generador de la obligación tributaria. Estas declaraciones hacen responsables a los declarantes por el impuesto que de ellas resulten. Pero la Administración dispone de facultades para verificar estas declaraciones y ajustar los montos a pagar de conformidad con las disposiciones legales vigentes y notificar a los contribuyentes las diferencias resultantes, pero estos tienen abiertas las vías legales de apelaciones si consideran los resultados sin sustento legal, ejerciendo su derecho a la defensa presentando un recurso de reconsideración frente a la propia Administración, y continuar hasta llegar al Tribunal Constitucional. Acerca de dichas apelaciones tenemos algunas opiniones. Por ejemplo, cuando las litis entre los contribuyentes y la Administración Tributaria llega a los tribunales, ambas partes son iguales en derecho, no obstante que ambas defensas deben basarse en la correcta aplicación de la letra o en su espíritu, porque no existe impuesto sin ley, no luce adecuado ni positivo que la Administración Tributaria, se valga de supuestas vulneraciones de los procedimientos de forma, como acontece a menudo, puesto que de ese modo se exhibe un sesgo impropio de una entidad encargada de aplicar un mandato legal avalado por el Poder Legislativo en ejercicio de su facultad exclusiva, y aunque es su derecho legal, por razones entendibles no se estilaba, que la Administración Tributaria presentara apelaciones contra sentencias dictadas por el Tribunal Superior Administrativo.