¿Recuperan los ayuntamientos la autonomía para otorgar permisos de suelo, tras sentencia del Tribunal Constitucional?

¿Recuperan los ayuntamientos la autonomía para otorgar permisos de suelo, tras sentencia del Tribunal Constitucional?

Mediante la sentencia 1146/23 el Tribunal Constitucional anula «partes significativas de los artículos 26 y 28 de la Ley 368/22», que otorgaba la potestad al Ministerio Economía, Planificación y Desarrollo, de dirigir a los ayuntamientos en la formulación de los planes de ordenamiento territorial y al Concejo de Ministro a la aprobación de usos de suelo y construcción.

La Alta Corte acogió una acción directa en inconstitucional interpuesto por el Director Ejecutivo de la Mancomunidad del Gran Santo Domingo Waldys Taveras, quien invoco que la ley 368/22 al otorgar facultad sobre el uso de suelo y construcción se viola las disposiciones de los art. 137, 199, 184 y 204 de la Constitución y que el Congreso Nacional violo el art. 204 y 184 de la Constitución al despojar a los ayuntamientos de su facultad constitucional sobre la planificación urbana.

Mediante la disposición estableció que el art. 137 de la constitución no le da facultad normativa, ni de fiscalización al Concejo de Ministro y por lo tanto al congreso otorgarle facultad para decidir sobre aprobación de uso de suelo y construcción se violenta las facultades de ese órgano constitucional en cuanto a las funciones que le otorga la carta magna, de igual manera se violenta el art.199 de la constitución.

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«Al abordar la violación al art. 184 de la Constitución el Tribunal Constitucional estableció que el Congreso Nacional al emitir la ley 368/22 violo esa disposición constitucional que establece que la decisión de ese alto tribunal le es oponible a todos los órganos del estado y que el Congreso viola la constitución al aprobar leyes contrario a los criterios establecido en sus sentencias del tribunal constitucional», agrega la sentencia.

Waldys Taveras

Conflictos por indefinición sobre uso de suelo y ordenamiento territorial, enfrentan a la Alcaldía de Higüey con los distritos municipales de Verón y la Otra Banda, en la provincia La Altagracia, lo que mantiene prácticamente paralizadas las labores de esos gobiernos locales.

Ante esa situación, el consultor municipal Waldys Taveras, solicita del Tribunal Constitucional que se pronuncie con urgencia sobre un recurso de inconstitucionalidad contra los artículos 24 y 25 de la ley 388-22 de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos.

Explica que el enfrentamiento entre el Concejo de Regidores de Higüey, y la Junta del Distrito Municipal de Verón-Punta Cana, se encuentra en estado de fallo desde el 23 de junio del 2023, tiempo suficiente como para que el TC decida al respecto, debido el conflicto mantiene paralizadas labores de los citados gobiernos locales.

Taveras señala que la disposición de la ley 388-22 que coloca los ayuntamientos bajo la dirección y tutela del Ministerio de Económica Planificación y Desarrollo (MEPYD) y que confiere al Concejo de Ministros la aprobación de uso de suelo y construcción en determinadas áreas territorial y actividades es violatorio al art. 199 de la constitución que le consagra a los ayuntamientos la facultad de regular los usos de suelo.

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