Aporte
Sánchez siempre firmó después de Bobadilla todo lo que escribió Bobadilla
Francisco del Rosario Sánchez, siendo miembro de la Junta Central Gubernativa presidida por Tomás Bobadilla, además de firmar la solicitud de protectorado a Francia del 8 de marzo de 1844

Francisco del Rosario Sánchez
MANUEL OTILIO PÉREZ PÉREZ
Los Afrancesados "su procelitismo político venía activo desde mediados de diciembre de 1843, cuando en Port-au-Prince se reunió la asamblea constituyente para sancionar una nueva constitución para toda la isla. En ese cónclave de los delegados de la parte oriental o antigua parte española, entre los que estaba Buenaventura Báez, enviaron una comunicación al cónsul de Francia en Port-au-Prince André Nicholas Levasseur proponiéndole un plan, que devino en llamarse Plan Levasseur, mediante el cual pedían a Francia protección, dinero y armas para proclamarse una república independiente en la parte oriental de la isla...". (Orlando Inoa, Historia Dominicana, Letra Gráfica, 2013, pág 313).
GENERAL SÁNCHEZ FIRMA Y ACOMPAÑA A TOMÁS BOBADILLA
Francisco del Rosario Sánchez, siendo miembro de la Junta Central Gubernativa presidida por Tomás Bobadilla, además de firmar la solicitud de protectorado a Francia del 8 de marzo de 1844, también firmó la carta de tramitación de la misma del 9 de marzo de 1844, y además acompañó a Tomás Bobadilla para llevar ambos escritos a donde el señor Saint Denys, cónsul de Francia en Santo Domingo.
El general Francisco del Rosario Sánchez, en julio de 1844, luego del golpe de Estado del 9 de junio de 1844, asumió la presidencia de la Junta Central Gubernativa, en esa calidad fue donde el señor Saint Denys, cónsul de Francia en Santo Domingo, para solicitar su mediación ante el empuje de las tropas dirigidas por el general Pedro Santana, quien venía de las fronteras del Sur.
Ramón Lugo Lovaton, en su libro Sánchez, Tomo primero, 1947, pág 259, nos confirma de la manera siguiente:
"El general Sánchez, presidente de la Junta, después de haber tenido conmigo una larga conferencia a este respecto, se ha inmediatamente trasladado a Baní cerca de Santana, para presentarle sus cumplimientos y resolver con él los preparativos de su entrada a Santo Domingo. Todo se ha felizmente arreglado a satisfacción general".
Tomás Bobadilla no aparece, había sido desplazado por el golpe de Estado del 9 de junio de 1844, que le habían propinado los duartistas encabezados por su líder.
Tomás Bobadilla posterior a su salida de la cárcel el 12 de junio de 1858, produjo el llamado Manifiesto Nacional del 27 de julio de 1858, desconociendo la Constitución liberal de Moca, con su decisión de poner la capital de la República Dominicana en Santiago y propendiendo a la restitución de la Constitución de diciembre de 1854, considerada como una de las más conservadoras, a la vez que le daba todos los poderes al general Pedro Santana, quien era presidente de República Dominicana a la sazón.
Ese Manifiesto Nacional del 27 de julio de 1858, fue refrendado por más de 170 firmantes, incluido el general Francisco del Rosario Sánchez, quien al igual que en marzo de 1844, volvió a acompañar a Tomás Bobadilla para ir a entregárselo (a) al presidente Pedro Santana.
SÁNCHEZ EL 9 DE MARZO
De 1817, nacimiento de Francisco del Rosario Sánchez, en Santo Domingo, Colonia de España.
De 1844, Francisco del Rosario Sánchez, quien en Santo Domingo, República Dominicana, firmó ayer 8 de marzo la primera solicitud de protección a Francia, hoy 9 de marzo, día de su cumpleaños, también firmó la carta de tramitación de la solicitud de ayer, además, hoy acompaña personalmente a la comisión que va a entregarlas al cónsul de Francia en Santo Domingo, Mr Saint Denys.
SÁNCHEZ FIRMÓ TODAS LAS SOLICITUDES DE PROTECCIÓN A FRANCIA
Sánchez firmó la primera solicitud de protección a Francia, de fecha 8 de marzo de 1844, también firmó la carta de tramitación de esa solicitud de fecha 9 de marzo de 1844, y además avaló con su presencia ambas acciones, al acompañar a Bobadilla para la entrega de la solicitud y su carta de tramitación.
Sánchez firmó la segunda solicitud de protección a Francia de fecha 1° de junio de 1844, junto a Duarte y Bobadilla.
Sánchez en su calidad de presidente de la Junta Central Gubernativa, luego del golpe de Estado del 9 de junio de 1844, firma la tercera solicitud de la Junta Central Gubernativa de fecha 12 de julio de 1844, de protección a Francia, junto a todos los duartistas integrantes de la misma. Ya ahí no aparece la firma de Bobadilla.
Esa tercera solicitud de protección a Francia, de la Junta Central Gubernativa firmada por su presidente Sánchez y los duartistas, también fue firmada por el general Pedro Santana y su Estado Mayor, entre ellos estaba el general Antonio Duvergé.
LAS SOLICITUDES DE PROTECCIÓN A FRANCIA
Tomás Bobadilla hizo la propuesta de protección a Francia, el 8 de marzo de 1844, fue firmada por todos los integrantes de la Junta Central Gubernativa incluido el Padre de la Patria Sánchez.
Al otro dia (9) fueron a llevarla con la carta de tramitación firmada por todos y Sánchez acompañó a Bobadilla.
Luego hubo otra solicitud de protección a Francia de la Junta Central Gubernativa presidida por el Dr. José María Caminero el día 1 de junio del mismo año, firmaron todos, logicamente Caminero su Presidente, Bobadilla como miembro, incluidos los Padres de la Patria Duarte y Sánchez.
El 12 de julio de 1844, la Junta Central Gubernativa presidida por el Padre de la Patria, Sánchez, solicita protección a Francia, esa es la JCG producto del golpe de Estado del 9 de junio, esa es la de los duartistas, ya no aparece Bobadilla.
Ese mismo día 12 de julio de 1844, vino el General Santana desde las fronteras del Sur y no tuvo que redactar solicitud de protección a Francia, le bastó refrendar con su firma y las de su Estado Mayor, que incluía al General Duvergé, la solicitud de protección de Sánchez y su Junta Central Gubernativa.
PRIMERA SOLICITUD DE PROTECTORADO A FRANCIA
Junta Central Gubernativa, Dios Patria Libertad, República Dominicana, Comunicación solicitando protección a Francia
Habiendo llegado a nuestro conocimiento que varios sujetos respetables de la parte antes española han celebrado con algunos agentes del gobierno francés ciertos preliminares de convenciones que pueden ser útil a esa nación y a nosotros, en virtud de los poderes con que nos han sido conferidos por los pueblos a quienes representamos, y deseando la mayor suma de bienes y de prosperidad futura, como una consecuencia y enlace de dichas preliminares convenciones, decimos: que la República Dominicana, consciente en un tratado con la nación francesa en que se establezcan las bases:
1°. La integridad de nuestro territorio y la estabilidad de la República Dominicana bajo los principios que ha abrazado y proclamado, pudiendo gobernarse por una Constitución que le sea conveniente, decretada por sus mandatarios elegidos por los pueblos a su satisfacción, y según los poderes que emanen de la dicha Constitución, y en fin como un Estado Libre y Soberano.
2°. Jamás será atacada la libertad personal e individual de los que tuvieron la desgracia de ser esclavos en otro tiempo, ni los principios de igualdad que nosotros hemos proclamado.
3°. A estas consideraciones se hará un tratado de amistad y alianza tan pronto como quiera, y se presenten del Gobierno francés legítimamente acreditados.
4°. El Gobierno dominicano prestará a la Francia cuantos auxilios necesite en el caso que haya de dirigir fuerzas sobre la parte occidental o la República haitiana.
5°. En las actuales circunstancias la Francia dará al Gobierno dominicano, fusiles, pertrechos de guerra, buques, y el dinero que necesite para sostenerse y organizar su estado de defensa, y al mismo tiempo las tropas que puedan necesitarse.
6°. El Gobierno dominicano en remuneración, cederá a la Francia, a perpetuidad la península de Samaná dentro de los límites que le ha demarcado la naturaleza para ser calificada península, siendo esta cesión una excepción a la letra del artículo 1ro. y bajo la precisa estipulación de que en dicha península no habrá esclavitud.
7°. Habrá paz sólida y duradera entre ambos gobiernos y en mejores circunstancias se hará un tratado de comercio en que se estupularán ventajas recíprocas por el cual ninguna otra nación tendrá preferencia sobre el Gobierno francés.
Santo Domingo, 8 de marzo de 1844, firmados:
"Bobadilla, Francisco Sánchez, Caminero, Valverde, Félix Mercenario, Echavarría, C. Moreno. El Secretario de la Junta, S. Pujol".(137).
(137) Ramón Lugo Lovatón, Sánchez, tomo 1, edición 1947, Santo Domingo, República Dominicana, pp 227-228), (rep. Manuel Otilio Pérez Pérez, El legado imperecedero de Tomás Bobadilla Creador y organizador del Estado Dominicano, Editora Búho, 2017, pp 149-150).
CARTA DE TRAMITACIÓN DE LA SOLICITUD DE PROTECTORADO A FRANCIA DEL 8 DE MARZO DE 1844.
"DIOS, PATRIA Y LIBERTAD
REPÚBLICA DOMINICANA
Santo Domingo,
9 de marzo de 1844.
LA JUNTA CENTRAL GUBERNATIVA
AL SR. CÓNSUL DE FRANCIA EN SANTO DOMINGO.
Bajo esta cubierta dirijimos a V., por triplicado una nota comprehensiva de nuestras proposiciones y deseos de entrar con toda brevedad en tratado con la Nación que V. representa; y sólo añadiremos que por nuestro pacto fundamental o por los tratados que hayan de intervenir no estaremos lejos de elegir a la Nación francesa por protectora de nuestra causa y territorio en caso de alguna agresión extranjera.
Esperamos que V. se servirá dar el mejor curso y propender al más pronto y favorable resultado.
Tenemos el honor de saludar a V. cordialmente.
El Presidente de la Junta (firmado) BOBADILLA.
(firmados) Ximenes.- Echavarría.- Caminero.- Fco. Sánchez.- Valverde.- C. Moreno.- Félix Mercenario".
(BIBLIOTECA DOMINICANA, SERIE II, VOL. I, RAMÓN LUGO LOVATÓN, SÁNCHEZ, TOMO PRIMERO, EDITORA MONTALVO, 1947, pág 229).
SEGUNDA SOLICITUD DE PROTECCIÓN A FRANCIA, JUNTA CENTRAL GUBERNATIVA, DIOS PATRIA LIBERTAD, REPÚBLICA DOMINICANA, 1 Junio 1844,
La Junta Central Gubernativa a Monsieur E. Juchereau de Saint Denys Cónsul de S. M. el Rey de los franceses en Santo Domingo.
Señor Cónsul:
Hace dos meses y medio que esta Junta dirigió por órgano de. V. S. al Gobierno de S.M.
El Rey de los Franceses algunas proposiciones tendentes a obtener prontos subsidios, y su protección, y a servir de base a un tratado solemne entre Francia, y la nueva República Dominicana, como medio que debían ponerle en estado de resistir e impedir toda invasión por parte de la República Haitiana.
Invadido el territorio por haitianos solicitó de sus representantes en el país auxilio de armas, tropas, y un crédito abierto pa. hacer frente a tan injusta y horrorosa agresión, lo que hasta hoy no ha tenido efecto; protegidos por la Divina Providencia; hemos logrado que esos opresores lo evacuasen enteramente.
Esta retirada acompañada de la destrucción de Riviere Herard, y los acontecimientos políticos de las partes Norte y Sur han puesto fin a las hostilidades. La conquista de nuestra independencia debe pues, ser considerada como un hecho cumplido, y nuestra conducta y disposiciones son muy testimonio de ser acreedores de ella.
Los diversos partidos que dividen la República Haytiana parecen inclinados a solicitar nuestra unión y alianza; no quisiéramos que llegase a este caso, y sí, entrar en relaciones estrechas con la magnánima Nación Francesa pa. consolidar nuestra independencia.
¿Y a presencia de tales circunstancias no podrían los representantes de S. M. el Rey de los Franceses que se encuentran en esta isla, a saber el exmo. Sr. Almirante de Moges, el Dr. Cónsul General, y V. S. tomar sobre sí, en razón de la distancia, y de la urgencia, el reconocer provisionalmente la Independencia Dominicana bajo la protección política de Francia?. Esto es lo que por ahora deseamos, siendo el primer acto que debe poner a nosotros en mejor situación para los tratados que hayan de seguirse después de la aprobación de S. M. el Rey de los Franceses y a los representantes y buques de guerra de Francia en estado de protegernos, si las circunstancias lo exigieren, ocupando para este efecto, provisionalmente, la Bahía de Samaná, mientras que por un tratado amplio y explicativo se afianza definitivamente los respectivos derechos.
Esperamos, Sr. Cónsul, que V. S. dará conocimiento de esta nota con la brevedad posible a los S. Almirante y Cónsul General de la Francia, actualmente en Puerto Príncipe, y que emplearán toda su influencia y participación para obtener nuestra solicitud.
Saludamos a V. S. muy afectuosamente,
El Presidente de la Junta (firmado): Caminero, (Firmados): Bobadilla.- Felis Mercenario.- Fco. Sánchez.- J.Thomás Medrano.- Duarte.- Jimenes.- C. Moreno". Fuentes 1) Ramón Lugo Lovatón, Sánchez, tomo I, 1947, pp. 241-242;
2) Manuel Otilio Pérez Pérez, El legado imperecedero de
Tomás Bobadilla
Creador y organizador del Estado Dominicano, Búho, 2017, pág. 179-180;
3) Carlos Federico Pérez y Pérez, El pensamiento y la acción en la vida de Duarte, Comisión Nacional para la Conmemorar el Bicentenario del Nacimiento de Juan Pablo Duarte, Volumen IV, Editora Búho, 2013, pág 206).
TERCERA SOLICITUD DE PROTECCIÓN A FRANCIA
Junta Central Gubernativa
Dios Patria Libertad
República Dominicana
Santo Domingo 12 de julio de 1844 y I° de la Patria
La Junta Central Gubernativa
Al Se. Eustaquio de Juchereau de Saint Denys,
Cónsul de S. M. el rey de los franceses en Santo Domingo.
Señor Cónsul:
Un artículo en la Capital de Puerto Príncipe y algunas noticias particulares, nos han hecho conocer que el gobierno haitiano se cree que los Dominicanos tienen ideales de unirse bajo su antigua dominación y que repugnan la protección de la Francia, siendo posible que esta noticia perjudique nuestra solicitud con el gobierno francés; no queremos guardar un silencio que podría acreditar semejante falsedad, por lo que nos dirigimos a Ud, para asegurarle que ratificamos nuestras pretensiones con respecto al reconocimiento y protección de la Francia, lo que deseamos concluir definitivamente tan pronto como se presenten Agentes de Su Magestad el Rey de los franceses con poderes suficientes al efecto.
El Presidente de la Junta, (firmado) Fco.Sanchez.
(Firmado) Félix Mercenario, Delorve, J.M. Ramírez, Moreno, Jiménes, S. Pujol, So.
Fuente (Ramón Lugo Lovatón, Sánchez,
tomo I, pp 265-268).
El 12 de julio de 1844, la Junta Central Gubernativa presidida por el Padre de la Patria Sánchez solicita protección a Francia, esa es la Junta Central Gubernativa producto del Golpe de Estado del 9 de junio, esa es la de los duartistas, ya no aparece Bobadilla.
Ese mismo día 12 de julio de 1844, vino el General Santana desde las fronteras del Sur y no tuvo que redactar solicitud de protección a Francia, le bastó refrendar con su firma y las de su Estado Mayor, que incluía al General Duvergé, la solicitud de protección de Sánchez y su Junta Central Gubernativa.
SÁNCHEZ Y SANTANA SOLICITAN PROTECCIÓN A FRANCIA DESDE LA JUNTA CENTRAL GUBERNATIVA EL MISMO DÍA Y AÑO
El 12 de julio de 1844, la Junta Central Gubernativa presidida por Sánchez quien luego sería designado junto a Juan Pablo Duarte y Matías Ramón Mella Padre de la Patria, solicita protección a Francia, esa es la Junta Central Gubernativa producto del Golpe de Estado del 9 de junio, esa es la de los duartistas, ya no aparece Bobadilla.
Ese mismo día 12 de julio de 1844, vino el General Santana desde las fronteras del Sur y no tuvo que redactar solicitud de protección a Francia, le bastó refrendar con su firma y las de su Estado Mayor, que incluía al General Duvergé, la solicitud de protección de Sánchez y su Junta Central Gubernativa.
El mismo día 12 de julio de 1844, la Junta escribió una carta a Saint Denys antes de la llegada de Santana, quien la suscribió también, así como varios oficiales de su estado mayor. Dice así:
DIOS PATRIA Y LIBERTAD
REPÚBLICA DOMINICANA
Santo Domingo 12 de julio de 1844 y 1° de la Patria
Al Sr. Eustaquio de Juchereau de St. Denys,
Cónsul de S. M. el Rey de los Franceses en Sto. Domingo.
Señor Cónsul:
Un artículo impreso en la Capital de Puerto Príncipe y algunas noticias particulares, nos han hecho conocer que el gobierno haitiano se cree que los Dominicanos tienen ideales de unirse bajo su antigua dominación y que repugnan la protección de la Francia. Siendo posible que esta noticia perjudique nuestra solicitud con el gobierno francés, por lo que nos dirigimos a Vd. para asegurarle que ratificamos nuestras pretensiones con respecto al reconocimiento y protección de la Francia, lo que deseamos concluir definitivamente tan pronto como se presenten agentes de su Magestad el Rey de los Franceses con poderes suficientes al efecto.
Saludamos a V. afectuosamente
El Presidente de la Junta, (Firmado) Francisco Sánchez.
(Firmados) Felis Mercenario.- Delorbe.- J.M. Ramírez.-. C. Moreno.-. Jiménez. - S. Pujols, So.
Nos, General de Estado Mayor de la Armada Dominicana del Sur, habiendo sido informados a nuestra entrada en esta ciudad de la presente carta dirigida al Sr. Cónsul, nos asociamos de corazón a los sentimientos en ella expresados y ofrecemos defenderlos contra todos aquellos que fuesen de opinión contraria.
Santo Domingo 12 de julio de 1844, 1° de la Patria.
(Firmado) Pedro Santana.
(Firmados) Lucas Días.- Fernando Tavera.- Juan Fco. Guerrero.- Antonio Duvergé.- Abad Alfau.- Merced Marcano.- Pedro Linares."
(Ramón Lugo Lovatón, Sánchez, Tomo primero, Editora Montalvo, 1957, pp 265-266).
POR QUÉ LE NIEGAN A TOMÁS BOBADILLA LA AUTORÍA Y REDACCIÓN DEL ACTA DE INDEPENDENCIA DE LA REPÚBLICA DOMINICANA
Tomás Bobadilla escribió las "Observaciones sobre las notas oficiales del Plenipotenciario del Rey de España y los de la República de Haití sobre reclamo y posesión de la Parte del Este", en 3 de julio de 1830. Todos están de acuerdo que fue él solo quien lo concibió, lo redactó y lo firmó.
Tomás Bobadilla escribió el 18 de julio de 1845, al señor John Hogan, Comisionado de los Estados Unidos de América, cerca de la República Dominicana, lo que puede considerarse su Legado Imperecedero. Nadie regatea su paternidad.
También Tomás Bobadilla escribió en 27 de julio de 1858, el "Manifiesto Nacional en que se solicita el restablecimiento de la Constitución de diciembre de 1854". Todos están contestes que ese Manifiesto es hechura de él solo, y, ese documento está refrendado por más de ciento setenta firmantes, incluido Francisco del Rosario Sánchez.
Finalmente, en 4 de febrero de 1871, Tomás Bobadilla redactó la carta dirigida al senador Charles Sumner, presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado de los Estados Unidos de América, donde muestra su oposición al proyecto del presidente Báez con el presidente Grant, de anexar la República Dominicana a los Estados Unidos de América. Este escrito puede considerarse su testamento político
¿Por qué algunos le niegan a Tomás Bobadilla la autoría y la redacción del Acta de Independencia de la República Dominicana: el Manifiesto del 16 de enero de 1844? Ese documento lo apoyan 155 firmas, siendo la tercera la de Francisco del Rosario Sánchez.
Todavía en 1858, Sánchez continúa firmando después de Bobadilla todo lo que escribió Bobadilla como él
Manifiesto Nacional del 27 de julio de 1858, y hasta acompañando a Tomás Bobadilla al igual que lo hizo el 9 de marzo de 1844, esta vez al Palacio de Gobierno para su entrega al nuevo Mandatario General Pedro Santana.